SAP Almería 135/2002, 11 de Junio de 2002

PonenteRAFAEL GARCIA LARAÑA
ECLIES:APAL:2002:870
Número de Recurso262/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución135/2002
Fecha de Resolución11 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 135

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN 1ª

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. Juan Ruiz Rico Ruiz Morón

MAGISTRADOS

D. Rafael García Laraña

D. Nicolás Poveda Peñas

En la ciudad de Almería, a once de junio de dos mil dos.

La Sección 1ª de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo nº 262/2001, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Huércal-Overa, seguidos con el nº 48/2000, sobre desahucio por precario en procedimiento de juicio verbal, entre partes, de una como demandante D. Rubén y, de otra como demandado D. Domingo , en la anterior instancia representada la primera por el Procurador

D. Salvador Blesa Marcano y dirigida por la Letrada Dª María Isabel Fernández Díaz, y la segunda representada por el Procurador D. José Luis Vázquez Guzmán y dirigida por la Letrada Dª Alicia García Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Huércal-Overa en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 15 de mayo de 2001, cuyo Fallo dispone:

"Dando lugar a la acción de desahucio por precario a demanda de D. Rubén , condeno al demandado

D. Domingo a dejar libre la vivienda que habita, a disposición del actor, en el plazo de ocho días a partir de la fecha en que esta sentencia sea firme, bajo apercibimiento de lanzamiento, con imposición al demandado de las costas del presente juicio".

SEGUNDO

Contra la referida sentencia, la parte demandada preparó en tiempo y forma recurso de apelación y, una vez emplazada para ello, lo interpuso; de su escrito se dio el preceptivo traslado a la parte apelada, que se opuso a la apelación y, seguidamente, fueron elevadas las actuaciones a esta Sala donde se incoó el correspondiente Rollo y, en fecha 10 de los corrientes, quedó concluso para resolver.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Rafael García Laraña.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia, estimatoria de la acción de desahucio por precario objeto de esta litis, recurre el demandado reproduciendo en primer lugar las bases de su oposición mantenida en primera instancia, sustentada en la existencia de un contrato de arrendamiento a su favor y, en segundo lugar, plantea la existencia de nulidad de actuaciones por habérsele denegado el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

SEGUNDO

Invirtiendo el orden de análisis de los diferentes motivos de recurso, pues necesariamente debe ser examinado de modo prioritario el atinente a la pureza del procedimiento seguido, el examen de lo actuado muestra cómo la Comisión Provincial de Asistencia Jurídica Gratuita denegó al demandado el derecho a dicha asistencia por no ser preceptiva la intervención de Letrado y Procurador en el juicio de desahucio por precario, conforme al art. 6.3 de la Ley 1/1996 de 10 de marzo y, al ser impugnada esta decisión, se sustanció el correspondiente incidente de impugnación que culminó mediante auto dictado por el Juzgado en el que se mantuvo la denegación del beneficio legal, resolución ésta que agotó la vía judicial para el debate sobre dicho derecho y que no puede ser ahora impugnada por el cauce atípico e indirecto que pretende...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR