SAP Santa Cruz de Tenerife 153/2008, 23 de Abril de 2008

PonentePILAR ARAGON RAMIREZ
ECLIES:APTF:2008:876
Número de Recurso140/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución153/2008
Fecha de Resolución23 de Abril de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 153.

Rollo n.º 140/08.

Autos n.º 840/07.

Juzgado de 1ª Instancia n.º CUATRO de Santa Cruz de Tenerife.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a veintitrés de abril de dos mil ocho.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación

interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º cuatro de Santa Cruz de Tenerife, en los autos

n.º 840/07, seguidos por los trámites del juicio verbal y promovidos, como demandante, por DOÑA Diana, que ha

comparecido ante este Tribunal representada por el Procurador Don Antonio García Camí y dirigida por el Letrado Don Jorge

Monzó Ravelo, contra DOÑA Verónica, que ha comparecido ante este Tribunal representada por la

Procuradora Doña Yolanda Morales García y dirigida por la Letrada Doña Carmen Aranaz de la Cuesta; ha pronunciado, EN

NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Pilar Aragón Ramírez, con

base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. Juan Antonio González Martín dictó sentencia el veintiuno de noviembre de dos mil siete cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando la demanda formulada por la demandante DÑA. Diana, representada por el Procurador de los Tribunales D. ANTONIO GARCIA CAMI, contra la demandada DÑA. Verónica, representada por el Procurador de los Tribunales DÑA. YOLANDA MORALES GARCIA, de las circunstancias personales que constan en autos:

  1. - Declaro haber lugar al desahucio solicitado, y en su consecuencia condeno a DÑA. Verónica a que deje libre, vacía y expedita, a disposición de la actora, la vivienda sita en la planta NUM000 o ático, calle DIRECCION000 nº NUM001, Edificio DIRECCION001 en Tabaiba Baja, de Santa Cruz de Tenerife, que ocupa en concepto de precario y es objeto de este juicio, apercibiéndole de lanzamiento si no desalojare dicha finca dentro del plazo que marca la ley.

  2. - Condeno a la demandada citada al pago de las costas del presente juicio.

  3. - Firme que sea esta resolución entréguese la cantidad consignada por la actora a la demandada. ».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de catorce de marzo pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente, y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día dieciséis de abril del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
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