SAP Barcelona 287/2005, 5 de Mayo de 2005

PonenteFERNANDO UTRILLAS CARBONELL
ECLIES:APB:2005:4617
Número de Recurso506/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución287/2005
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANTDª. ISABEL CARRIEDO MOMPIND. MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUED. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN TRECE

ROLLO Nº 506/2004-B

PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº 847/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 21 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 287

Ilmos. Sres.

D. JUAN BAUTISTA CREMADES MORANT

Dª. ISABEL CARRIEDO MOMPÍN

Dª. Mª ÁNGELS GOMIS MASQUÉ

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a cinco de mayo de dos mil cinco.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 847/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 21 de Barcelona, a instancia de Dª. Begoña, contra Lázaro y PANO RAM, S.A.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de Abril de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimar la demanda interpuesta por Dª. Begoña representada por el procurador Dª. Luisa Infante Lope contra D. Lázaro y PANORAM, S.A. representados por el procurador D. Jesús Acín Biota, no dar lugar a la resolución contractual instada e imponer a la actora las costas causadas".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 3 de Mayo de 2005.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovida por la demandante Dña. Begoña, como arrendadora del local de negocio sito en Barcelona, Rambla de Canaletas nº 125, tienda 2º, la resolución del contrato de arrendamiento del mencionado local, de fecha 6 de marzo de 1984 (doc 3 de la demanda), contra el arrendatario D.Lázaro, y contra la actual ocupante "Pano Ram,S.A.", con fundamento en el número 5º del artículo 114 del Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, aplicable en el presente caso de acuerdo con la Disposición Transitoria Tercera A) 1 de la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos, que permiten la resolución, a instancia del arrendador por haberse subarrendado o traspasado el local de negocio, de modo distinto al autorizado por la Ley, se opone por la parte demandada el consentimento de la propiedad a la ocupación del local por la sociedad codemandada desde hace más de quince años.

Centrada así la cuestión discutida, es doctrina general, reiterada, y constante (Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de enero de 1991, que remite a la Sentencia de 25 de enero de 1988, y a las que en élla se citan), que la Ley, fuera de los casos en que expresamente lo establece, no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Burgos 171/2007, 19 de Abril de 2007
    • España
    • 19 Abril 2007
    ...el local la actividad propia de su objeto social. Ejemplos de esta doctrina en la jurisprudencia menor la tenemos en la SAP Barcelona, Sección 13.ª, de 5 de mayo de 2005 a tenor de la cual "resulta probado que en la condición anexa 36ª del contrato de arrendamiento, de fecha 6 de marzo de 1......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR