SAP Álava 166/2002, 5 de Junio de 2002
ECLI | ES:APVI:2002:322 |
Número de Recurso | 88/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 166/2002 |
Fecha de Resolución | 5 de Junio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Álava, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA
ARABAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA
Sección 1ª
AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta
Tfno.: 945-004821
Fax: 945-004820
N.I.G. 01.02.2-01/000469
ROLLO LAU 88/02
O.Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 6 (Vitoria)
Autos de LAU-LAR COGNICIO 46/01
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Recurrente: Lázaro y Elvira
Procuradora: ANA ROSA FRADE FUENTES
Abogada: RAQUEL ASPE MONTOYA
Recurrido: Fidel y Rosario
Procuradora: ISABEL GÓMEZ PÉREZ DE MENDIOLA
Abogada: ITZIAR GOMENDIOURRUTIA TEJERO
A.R.L.
APELACIÓN CIVIL
La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz compuesta por los Iltmos. Señores Don Iñigo Madaria Azcoitia, Presidente, D. Jaime Tapia Parreño y D. Iñigo Elizburu Aguirre, Magistrados, ha
dictado el día cinco de Junio de dos mil dos,
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A Nº 166/02
En el recurso de Apelación Civil Rollo de Sala número 88/2002, procedente del Juzgado de
Primera Instancia núm. 6 de Vitoria-Gasteiz, Autos de Juicio de Cognición núm. 46/2001, promovido por D. Lázaro y Dª Elvira dirigidos por la Letrada Dª Raquel Aspe Montoya y representados por la Procuradora Dª Ana Rosa Frade Fuentes, frente a la Sentencia dictada en fecha 21.11.01, siendo apelados D. Fidel y Dª Rosario dirigidos por la Letrada Dª Itziar Gomendiourrutia Tejero y representados por la Procuradora Dª Isabel Gómez Pérez de Mendiola; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Iñigo Elizburu Aguirre.
En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Primera Instancia núm 6 de Vitoria-Gasteiz, Sentencia cuya Parte dispositiva dice: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por DON Lázaro y DOÑA Elvira representados por la Procuradora Sra. Frade frente a DON Fidel y DOÑA Rosario , absolviendo a los demandados de los pedimentos aducidos en su contra. Todo ello con expresa imposición de las costas a la parte actora".
Frente a la anterior resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de D. Lázaro y Dª Elvira , recurso el cual se tuvo por interpuesto mediante Providencia de fecha 7.2.02, dándose traslado a la contraparte por plazo de diez días para alegaciones, presentando la Procuradora Dª Isabel Gómez Pérez de Mendiola escrito de oposición al recurso, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial previo cumplimiento de los trámites legalmente previstos.
Recibidos el 21.03.02 los autos en la Secretaría de esta Sala, mediante Providencia del día 26 siguiente se mandó formar el rollo de apelación, registrándose y turnándose la Ponencia, pasando los autos al Ponente para resolver sobre la práctica de prueba solicitada por la parte apelante en su escrito de formalización del recurso, acordándose por Auto de fecha 18 de Abril no haber lugar a la misma. Por providencia de fecha 10 de Mayo siguiente se señaló para la deliberación, votación y fallo del presente recurso el día 16 de Mayo de 2002.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Frente a la sentencia de instancia, que desestima la demanda rectora de la presente litis, la parte actora, ahora apelante, insiste en la procedencia de la misma.
En dicha demanda se solicita que se decrete la resolución del contrato de arrendamiento formalizado entre el actor y D. Fidel , el día 13 de diciembre de 1.982, y relativo al local sito en la calle DIRECCION000 número NUM000 de esta ciudad, al estimarse que concurre la causa de resolución...
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