SAP Sevilla 145/2007, 30 de Marzo de 2007

PonenteMANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA
ECLIES:APSE:2007:715
Número de Recurso2179/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución145/2007
Fecha de Resolución30 de Marzo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

145/2007

S E N T E N C I A Nº 145

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

PRESIDENTE ILMO. SR.

DON MANUEL DAMIAN ÁLVAREZ GARCÍA.

MAGISTRADOS, ILMOS. SRES.

DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO.

DON ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ.

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: 1ªInst. 9 Sev.

ROLLO DE APELACIÓN Nº 2179/07-F

JUICIO Nº 1033/05

En la Ciudad de Sevilla a 30 de Marzo de dos mil siete.

Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, JUICIO ORDINARIO sobre RECLAMACION DE CANTIDAD procedente del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de D. Carlos María, representado por la Procuradora Dª Mª Teresa Blanco Bonilla, que en el recurso es parte APELANTE, contra ARENAL SUR 21, S.A., representado por el Procurador D. Angel Martínez Retamero, que en el recurso es parte APELADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el dia 11 de Octubre de 2006, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la demanda interpuesta por D. Carlos María contra Arenal Sur 21 S.A., absuelvo a la demandada de todos los pedimentos que se le formulan, todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte actora".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D.MANUEL DAMIAN ÁLVAREZ GARCÍA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como ha señalado la sentencia de este mismo Tribunal de 24 de Enero de 2007, recaida en un caso sustancialmente coincidente con el enjuiciado, la cláusula general sexta, inserta en el contrato de compraventa de vivienda ubicada en la promoción Jardines de Hércules de Bellavista, ha de ser declarada nula, al amparo del Art. 10. bis.1, en relación con la Disposición Adicional 1ª.1.5ª de la Ley 26/1984, tras la reforma llevada a cabo por la Ley 7/1998, y con el Art. 1256 del Código Civil, pues comporta un abusivo desequilibrio de las prestaciones contractuales contrario al principio de reciprocidad, toda vez que cuando la entidad promotora-vendedora incumpliera su obligación de entregar la vivienda antes de la fecha límite del 31 de Julio de 2004, la parte compradora, privada de la facultad de exigir la entrega del bien en el plazo contractualmente previsto, podía optar, según el apartado 3 de la citada cláusula, entre resolver la compraventa, percibiendo el 10% de las cantidades entregadas, o exigir el cumplimiento, pero concediendo a la vendedora un periodo de prórroga. La concesión de plazo se verifica en unos términos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
4 sentencias
  • SAP Las Palmas 277/2008, 30 de Junio de 2008
    • España
    • 30 Junio 2008
    ...en el período..., con relación a las cantidades entregadas a cuenta por los demandantes". Por su parte la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 30 de marzo de 2007 consideró que durante el citado periodo "los compradores no pudieron usar y gozar de la vivienda adquirida durante......
  • SAP Las Palmas 141/2008, 25 de Marzo de 2008
    • España
    • 25 Marzo 2008
    ...en el período..., con relación a las cantidades entregadas a cuenta por los demandantes". Por su parte la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 30 de marzo de 2007 (JUR 2007\237530 ) consideró que durante el citado periodo "los compradores no pudieron usar y gozar de la viviend......
  • SAP Las Palmas 20/2009, 21 de Enero de 2009
    • España
    • 21 Enero 2009
    ...en el período..., con relación a las cantidades entregadas a cuenta por los demandantes". Por su parte la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 30 de marzo de 2007 (JUR 2007\237530 ) consideró que durante el citado periodo "los compradores no pudieron usar y gozar de la viviend......
  • SAP Sevilla 262/2010, 22 de Julio de 2010
    • España
    • 22 Julio 2010
    ...mismo causados, consideramos adecuado el reconocer al actor una suma de dinero equivalente, como hiciera la Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 30 de marzo de 2007, a 300 euros por cada uno de esos meses, lo que arroja el total de 9.600 Integrando igualmente su pretensión de ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR