SAP Valencia 724/2000, 11 de Septiembre de 2000
Ponente | JOSE FRANCISCO BENEYTO GARCIA-ROBLEDO |
ECLI | ES:APV:2000:5383 |
Número de Recurso | 1132/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 724/2000 |
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 7ª |
SENTENCIA Nº: 724
SECCION SEPTIMA:
Ilustrísimos Señores Magistrados:
Presidente,
D.Jose Fco Beneyto y Gª Robledo.
Magistrados:
D.Francisco J. Ferrando Zuriaga.
Dª Pilar Cerdán Villalba .
En la Ciudad de Valencia a once de septiembre de dos mil.
La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia en grado de apelación , el juicio de menor cuantía sobre reclamación de cantidad y derivada de compraventas mercantiles, seguido entre partes y al nº85/1999 en el Juzgado de Primera Instancia nº1 de Gandia; de una, como demandante-apelante, Doña Lorenza asistida del letrado D.Fernando Cazorla Mashuenda y representada por la procurador Doña Rosario Arroyo Cabria; y de otra, como demandado-apelante, D. Mariano , representado por la procurador Doña María del Carmen Aparicio Boscá y asistido del letrado D.José Morera Cañamás.
Es Ponente el Iltmo.Sr.Magistrado Presidente de este Tribunal DON Jose Fco Beneyto y Gª Robledo.
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En los expresados autos se dictó sentencia en fecha 28 de Septiembre de 1.999, por la Sra.Juez de Primera Instancia número uno de Gandia ; cuya parte dispositiva, literalmente dice: "FALLO:Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra.Tomás Alberola, en nombre y representación de DoñaLorenza , debo condenar y condeno al demandado D. Mariano al pago a la demandante de la cantidad de un millón seiscientas noventa y ocho mil doscientas cuarenta pesetas (1.698.240 pesetas), más los intereses legales desde la interpelación judicial.Todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada."
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Contra dicha sentencia, por la representación del demandado, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos y previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia, en donde compareció dentro de plazo el apelante, habiéndolo verificado el apelado; se ha tramitado el recurso celebrándose la Vista el día 4 de Septiembre de 2.000 , con asistencia a la misma de los Letrados y Procuradores de las partes antes relacionadas; los cuales informaron cuanto estimaron oportuno en defensa de sus respectivos derechos interesando en su informe el Letrado apelante la revocación de la sentencia recurrida parcialmente y se desestime la demanda en cuanto a la factura de mayor importe de 1.400.000 ptas que corresponde a la segunda factura, sin imposición de costas en ambas instancias, y el Letrado apelado solicitó en su informe la confirmación de la sentencia recurrida con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante.
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En la tramitación de los autos y del recurso en ambas instancias, se han observado las prescripciones legales en materia de procedimiento.
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Se aceptan , y en un todo, los Fundamentos Jurídicos de la sentencia recurrida; no desvirtuados por los alegatos de la dirección letrada de la parte demandada y recurrente; que insistiera en los argumentos de su contestación a la...
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