SAP Zaragoza 166/2007, 3 de Abril de 2007
Ponente | JULIAN CARLOS ARQUE BESCOS |
ECLI | ES:APZ:2007:607 |
Número de Recurso | 568/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 166/2007 |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00166/2007
SENTENCIA NÚMERO: 166/07
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS
Magistrados:
D. FRANCISCO ACÍN GARÓS
Dª. MARIA ELIA MATA ALBERT
En ZARAGOZA, a tres de Abril de dos mil siete.
VISTO por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO Nº. 309/2004, procedentes del JDO. de 1ª. INST. E INSTRUCCION Nº.1 de LA ALMUNIA DE DOÑA GODINA (ZARAGOZA), a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN Nº. 568/2006, en los que aparece como parte apelante "PROINBAL, S.L.L." representada por la procuradora Dª. LOURDES OÑA LLANOS, y asistida por la Letrada Dª. EVA-MARIA VERA ANDRES, y como apelado D. Adolfo representado por el procurador D. JESUS MORENO GOMEZ, y asistido por el Letrado D. CRISTOBAL RAMO FRONTIÑAN; en cuyos autos en fecha 13 de Julio de 2006 recayó Sentencia que estimó la demanda.
Se aceptan los que figuran en la Sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: ESTIMAR la demanda interpuesta por D. Adolfo contra Proinbal, S.L.L y CONDENO a la demandada a que otorgue un contrato de compraventa conforme a las condiciones descritas en el contrato privado de reserva de 22 de noviembre de 2002, y a que abone las costas de la instancia.-".
Contra dicha Sentencia, la parte demandada presentó escrito de preparación del recurso de apelación, y dentro del término de emplazamiento, escrito de interposición del recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte actora que presentó dentro del término de emplazamiento escrito de oposición. Seguidamente se remitieron los autos a esta Sala para la resolución de la apelación.
Habiéndose aportado nuevos documentos y propuesto prueba pericial caligráfica, por la parte apelante, se acordó por Auto de esta Sala de fecha 4 de Enero de 2007 su denegación y no considerándose necesaria la celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 27 de Marzo de 2007.
Que en la tramitación de la apelación se han observado todas las prescripciones legales a excepción de que no se ha podido cumplimentar el plazo al que se refiere el art. 465 de la Ley de Enjuiciamiento Civil al pender de resolución ante esta Sala un elevado número de recursos.
Habiendo sido ponente en esta apelación el Ilmo. Sr. Presidente D. JULIAN CARLOS ARQUÉ BESCÓS.
Frente a la Sentencia de 1ª. Instancia que estima la demanda condenando a la entidad demandada a otorgar contrato de compraventa conforme a las condiciones descritas en el contrato privado de reserva de 22 de Noviembre de...
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