SAP Madrid 44/2004, 21 de Enero de 2004

PonenteDª. MARIA JOSE ALFARO HOYS
ECLIES:APM:2004:682
Número de Recurso533/2001
Número de Resolución44/2004
Fecha de Resolución21 de Enero de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

D. PABLO QUECEDO ARACILDª. AMPARO CAMAZON LINACERODª. MARIA JOSE ALFARO HOYS

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 14

MADRID

SENTENCIA: 00044/2004

Rollo: RECURSO DE APELACION 533 /2001

SENTENCIA

Ilmos. Sres. Magistrados:

PABLO QUECEDO ARACIL

AMPARO CAMAZON LINACERO

MARIA JOSE ALFARO HOYS

En MADRID , a veintiuno de enero de dos mil cuatro .

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 14 de la Audiencia Provincial de MADRID , los Autos de MENOR CUANTIA 167 /1999 , procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de MADRID , a los que ha correspondido el Rollo 533 /2001 , en los que aparece como parte apelante DROGAS Y PINTURAS LA MODERNA, SOCIEDAD ANONIMA, y BASF COATINGS, S.A. representados por el procurador D. ARGIMIRO VAZQUEZ GUILLEN, y Dª ROSA SORRIBES CALLE , y asistidos por el Letrado D. CARLOS BARONET ALDABO, y D. JOSÉ LUIS POCH PALTRÉ, y como apelado DROGAS Y PINTURAS LA MODERNA, S.A., quien formuló oposición al recurso de BASF COATINGS, S.A., y también como apelado BASF COATINGS, S.A., quien formuló oposición al recurso de DROGAS Y PINTURAS LA MODERNA, S.A., sobre menor cuantía, y siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MARIA JOSE ALFARO HOYS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Madrid, en fecha 30 de Abril de 2001 se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es de tenor literal siguiente: "Que estimando en parte la demanda presentada por Drogas y Pinturas La Moderna S.A. contra Basf Coatings, S.A. debo condenar y condeno a este a que abone al actor la cantidad de 12.450.034 pesetas. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte DROGAS Y PINTURAS LA MODERNA, S.A. y BASF COATINGS, S.A.. Al recurso de DROGAS Y PINTURAS LA MODERNA, S.A. se opuso BASF COATINGS, S.A., y BASF COATINGS, S.A., se opuso al recurso de DROGAS Y PINTURAS LA MODERNA, S.A., y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

La vista pública, celebrada el día 1 de Julio de 2003, tuvo lugar con la asistencia de las representaciones de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales, excepto en el plazo para dictar sentencia, debido al cúmulo de asuntos pendientes que pesan sobre esta Sección.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

No se aceptan los fundamentos de derecho en cuanto contradigan a los siguientes.

PRIMERO

Ante el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Madrid en fecha 9 de marzo de 1999 la mercantil "Drogas y Pinturas la Moderna, S.A.", concesionaria oficial y distribuidora de pinturas para carrocerías de vehículos de la marca "Glasurit", en fecha 9 de marzo de 1999 presentó demanda de juicio ordinario de menor cuantía contra la mercantil "Basf Coatings, S.A.", fabricante de las pinturas marca "Glasurit", ejercitando acción declarativa e indemnizatoria solicitando 46.572.796 Ptas. por la resolución unilateral del contrato de concesión en exclusiva sin justa causa realizado por la demandada, y sin respetar el plazo de preaviso pactado.

A la demanda se opuso la mercantil concedente "Basf Coatings, S.A.", fabricante de la pintura "Glasurit", alegando que la causa de resolución fue que el contrato de concesión suscrito con la actora exigía que el concesionario tuviera el compromiso de realizar por su cuenta las gestiones necesarias para conseguir el mayor volumen de negocio en la venta del producto, así como de exclusividad de la concesión, lo que parece que fue incumplido por la actora "Drogas y Pinturas La Moderna, S.A." por cuanto al ser parte integrante de la sociedad "Pinturas Llovet S.A.", distribuyó también productos de la marca "Dupont", que es una de las marcas más importantes de pinturas para carrocerías, y que se halla en directa competencia con las de la marca "Glasurit" que fabrica la entidad "Basf Coating, S.A.", lo cual supone la vulneración del pacto de exclusiva.

El Juzgado en fecha 30 de abril de 2001 dictó Sentencia, indicando textualmente en el fallo que " estimando en parte la demanda presentada por Drogas y Pinturas La Moderna contra Basf Coating, S.A., debo condenar y condeno a éste a que abone al actor la cantidad de 12.450.034 Pts.Cada parte abonará las costa causadas a su instancia y las comunes por mitad." El Juzgador, con dicho fallo, de lo solicitado por la actora únicamente estimó la cantidad de 10.450.034 Ptas. de indemnización por las máquinas de mezclar pintura que eran propiedad de la actora según la valoración hecha por el perito, más 2.000.000 de Ptas. por material existente en los talleres y que, según dice la actora, retiró por la demandada (total concedido: 12.450.034 Ptas.).

Contra la citada Sentencia se alzan tanto la actora "Drogas y Pinturas La Moderna, S.A.", como la demandada "Basf Coating, S.A.".

SEGUNDO

Alega la concesionaria "Drogas y Pinturas La Moderna, S.A", en síntesis, error en la valoración de la prueba por parte del Juzgador, por cuanto no resulta acreditado que la demandada "Basf Coating, S.A." hubiera instado la resolución contractual en base a lo dispuesto en el párrafo cuarto de la cláusula decimosexta del contrato de concesión vigente entre ambas partes como considera la Sentencia, sino que el contrato, según la actora, fue en realidad resuelto unilateralmente por la demandada en fecha 31 de julio de 1998 en base al primer párrafo de la citada cláusula decimosexta, lo cual supone un incumplimiento contractual por no cumplir el plazo de preaviso de un mes para el caso de resolución del contrato; que la participación de "Drogas y Pinturas La Moderna, S.A." como accionista en la entidad "Pinturas Viuda Llovet" que a su vez comercializaba la pintura "Dupont" nunca afectó en los resultados de ventas de los productos "Glasurit" fabricados por la demandada, sino todo lo contrario, por cuanto se acredita que cada año crecían más las ventas de la pintura "Glasurit" efectuadas por la concesionaria y distribuidora "Drogas y Pinturas La Moderna, S.A."; que la demandada "Basf Coatings, S.A." era conocedora de esta circunstancia desde hacía varios años y nunca se quejaron, por lo que no tiene sentido que alegue la concedente en el presente procedimiento que el motivo que utilizó para resolver el contrato fue el incumplimiento por parte de la concesionaria del pacto de exclusiva; que no puede alegarse de contrario dicho incumplimiento contractual por parte de la actora cuando consta que los demandados intentaron resolver el contrato evitando la vía judicial, ofreciendo a la actora mediante negociación una indemnización de ocho millones de Ptas. por los perjuicios causados en concepto de pérdida de clientela, lo cual supone un reconocimiento implícito de que algún perjuicio se estaba causando en ese sentido; que es necesaria la compensación en concepto de clientela y la indemnización por falta de preaviso, por lo que solicita la revocación de la Sentencia. El motivo de oposición alegado por la entidad "Basf Coating, S.A." se refiere a que resolvió el contrato por haber vulnerado la actora el pacto de exclusiva, por lo que no...

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