SAP Murcia 298/2007, 20 de Noviembre de 2007
Ponente | FRANCISCO CARRILLO VINADER |
ECLI | ES:APMU:2007:2477 |
Número de Recurso | 165/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 298/2007 |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00298/2007
SENTENCIA NÚM. 298 /2007.
ILMOS. SRES.
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
PRESIDENTE EN FUNCIONES
D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS
D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia, a veinte de noviembre del año dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Ordinario número 22/06 que en primera instancia se han seguido ante el Juzgado Civil número Cinco de Murcia entre las partes, como actora y ahora apelante la mercantil Gupaser, S. L. L., representada por la Procuradora Sra. Navas Carrillo y defendida por el Letrado Sr. Ruiz Palacios, y como demandado y ahora apelado D. Javier, representado por el Procurador Sr. Bueno Sánchez y defendido por el Letrado Sr. Castillo Rovira. Siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado con fecha 29 de septiembre de 2006 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Desestimando totalmente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Olga Navas Carrillo, en nombre y representación de Gupaser, S. L., y absolviendo al demandado don Javier de todas las pretensiones formuladas contra él, con imposición de todas las costas causadas a la actora vencida en juicio".
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, preparó recurso de apelación Gupaser, S. L. L., solicitando el dictado de sentencia que, revocando la de primera instancia, condene al demandado al pago de las cantidades reclamadas, con costas.
Después se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Primera donde se registraron con el número 165/07 de Rollo. Tras personarse las partes, por providencia del día 9 de abril de 2007 se señaló el de ayer para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Por la mercantil Gupaser, S. L. L., se presenta demanda reclamando el pago del resto del precio estipulado por la efectividad de un contrato de ejecución de obra para la realización de una piscina.
Se opone el demandado alegando que la obra no fue terminada por la empresa contratista y presentaba importantes desperfectos que tuvo que subsanar por importe superior al del resto del precio que faltaba por abonar (exceptio non rite adimpleti contractus), lo que le libera de la obligación de pagarlo.
Tras la celebración del correspondiente juicio, se dicta sentencia en la que se desestima íntegramente la demanda por considerar acreditado el defectuoso e incompleto cumplimiento por la actora del contrato de ejecución de obra y el importe superior de los defectos al resto del precio pendiente de pago. Se condena en costas a la actora.
Contra todos estos pronunciamientos se plantea recurso de apelación por la contratista, quien sostiene error en la valoración de las pruebas, pues no resulta acreditado que existan algunos de los defectos referidos en el informe pericial contrario (revestimiento cerámico del vaso mal hecho, escalinata mal ejecutada, o foco no estanco) o no son defectos (falta...
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