SAP Barcelona 77/2008, 20 de Febrero de 2008
Ponente | MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO |
ECLI | ES:APB:2008:2179 |
Número de Recurso | 209/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 77/2008 |
Fecha de Resolución | 20 de Febrero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 19ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DIECINUEVE
ROLLO Nº 209/2007-CM
JUICIO ORDINARIO Nº 255/2004
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 DE VILAFRANCA DEL PENEDÉS
S E N T E N C I A N ú m. 77/08
Ilmos. Sres.
D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO
Dª.NURIA BARRIGA LOPEZ
Dª.ASUNCIÓN CLARET CASTANY
En la ciudad de Barcelona, a veinte de febrero de dos mil ocho
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Diecinueve de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 255/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Vilafranca del Penedés, a instancia de D Jose Enrique contra D. Gerardo y D. Jesus Miguel ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 9 de Septiembre de 2.005, por la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo DESESTIMAR ÌNTEGRAMENTE la demanda de juicio ordinario promovida por la Procuradora de los Tribunales doña Montserrat López LLinás en nombre de DON Jose Enrique, contra D. Jesus Miguel y don Gerardo a los que absuelvo de todas las pretensiones formuladas en su contra.- Todo ello con expresa imposición a DON Jose Enrique de las costas causadas en este procedimiento".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día DIECINUEVE DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MIGUEL JULIAN COLLADO NUÑO.
La sentencia de 9 de septiembre de 2005 dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Vilafranca del Penedés, Barcelona, en el curso del procedimiento ordinario nº 255/2004 desestimaba íntegramente la demanda formulada por Jose Enrique contra Jesus Miguel y Gerardo absolviendo a estos de la pretensión ejercitada e imponiendo al actor las costas causadas y ello al considerar que el demandante no se encontraba vinculado personalmente con los demandados en la operación de venta del HOTEL ILLA DEL CEL sino que aquella fue desarrollada por la sociedad INICIATIVES MEDITERRANIES SL, con la cual el actor habría llegado a un acuerdo para el cobro de sus honorarios. Contra esta se alza la representación procesal de Jose Enrique por entender que la Juzgadora de instancia incurrió en una errónea valoración de la prueba practicada y que el contrato de 7 de mayo de 2001, suscrito por Bernardo, consejero delegado de VINCCI HOTELES SA, concreta la voluntad de la citada compañía de concluir dicho contrato con las partes en esta litis Jose Enrique, Jesus Miguel y Gerardo según el cual los citados representarían a la sociedad indicada y Bernardo apoderaba a los tres citados en la negociación para la adquisición del HOTEL ILLA DEL CEL que la sociedad...
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