SAP León 297/2004, 4 de Noviembre de 2004

PonenteALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ
ECLIES:APLE:2004:1418
Número de Recurso361/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución297/2004
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 2ª

SENTENCIA Núm. 297 /2004

ILMOS. SRES.:

D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.- Presidente

D. MANUEL ANGEL PEÑIN DEL PALACIO.- Magistrado

D. ANTONIO MUÑIZ DIEZ - Magistrado

En León, a cuatro de noviembre de dos mil cuatro.

VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante, Emilia , representada por el Procurador D. F ernando Fernández Cieza y defendida por el Letrado Dña. María Mediavilla Rodríguez, y como apelada, Juan Francisco , representado por la Procuradora Dña. María Soledad T aranilla Fernández y de f endido por el Letrado Dña. Mónica Buelta Pa cios, actuando como Ponente para éste trámite el Ilmo. Sr. D. ALBERTO FRANCISCO ALVAREZ RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado expresado al margen, se dictó sentencia en los referidos autos, con fecha 7 de mayo de 2004 , cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por Dª Emilia, representada por el Procurador Dª. PILAR GONZALEZ RODRIGUEZ , contra LA TINTORERIA en la persona de su DIRECCION000 D. D Juan Francisco, debo absolver y absuelvo a estos últimos de todos los pedimentos formulados contra los mismos, con expresa imposición de costas a la parte demandante .".

SEGUNDO

Contra la relacionada sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte apelante ante el Juzgado, y dado traslado a la otra parte, por esta se presentó escrito de oposición, remitiéndose las actuaciones a esta Sala y señalándose para la fecha de deliberación el pasado día 2 de noviembre de 2004.TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sentencia dictada en la primera instancia desestimó la demanda planteada por Dña. Emilia contra D. Juan Francisco en su condi ción de DIRECCION000 de la entidad " La Tintorería", con domicilio en la Avda. de Valdés nº 41 de Ponferrada, a quien aquélla reclamaba 2.956 euros como consecuencia de los daños, tanto materiales como morales, sufridos al resultar dañado el vestido de nov ia de la actora a causa de una incorrecta t écnica de plan chado, que provocó el encogimiento del tejido de su capa inferior, el la deamiento de las costuras laterales y la formación de numerosas arrugas y bolsas en la tela superior y, como consecuencia, un considerable dolor moral el día mismo de la boda.

C ontra dicha sentencia se alza la representación de la actora que reprocha a la juzgadora "a quo" que haya desatendido la prueba practicada a su instancia, para fijarse exclusivamente en que no se propuso la testifical de la persona que confeccionó el vestido a efectos de acreditar que el mismo se encontr a ba en perfecto estado y no pre s entaba de fecto alguno al té rmino de la confección.

SEGUNDO

Supuestamente ocasionados los daños reclamados en el marco de un contr a to de obra entre los litigantes celebrado, lo más adecuado es basar la responsabilidad de quien se comprometió a llevarla a cabo en los preceptos que regulan la responsabilidad contractual ( artículos 1.101 y 1.104 del Código Civil ), exclusivamente, y no en el artículo 1.902 del mismo cuerpo legal a que también se alude en los fundamentos jurídicos del escrito de demanda, mas la doble fundamentación car e ce de trascendencia al haber aceptado el Tribunal Supremo la yuxtaposición de acciones en la responsabilidad contractual y extracontractual, puesto que respo nden a...

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