SAP Asturias 34/2008, 29 de Enero de 2008
Ponente | JOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ |
ECLI | ES:APO:2008:65 |
Número de Recurso | 202/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 34/2008 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
OVIEDO
SENTENCIA: 00034/2008
SENTENCIA NÚMERO 34/08
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000202 /2007
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
D. Javier Antón Guijarro
En Oviedo a, veintinueve de enero de dos mil ocho.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 391/2005, procedentes del JDO. 1A. INST. E INSTRUCCION N.1 de LENA, Rollo 202/2007, entre partes, como Apelantes DOÑA María Rosario, representada por la Procuradora de los Tribunales DOÑA Mª MERCEDES MARQUEZ CABAL, y bajo la dirección letrada de DON NICOLAS BARTOLOME PEREZ; y FIMESTIC EXPANSION S.A. representada por la Procuradora de los Tribunales DOÑA YOLANDA RODRIGUEZ DIAZ, y bajo la dirección letrada de DON JUAN GARCIA GARCIA.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de LENA dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 29 de enero de 2.007 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández Vázquez en nombre y representación de Fimestic Expansión S.A. contra Doña María Rosario, representada por la Procuradora Sra. Fernández Martínez, absolviendo a la demandada de todas las pretensiones ejercitadas en su contra, sin expresa imposición de costas.".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpusieron recursos de apelación por las partes demandante y demandada, que fueron admitidos en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.
Se señaló para deliberación, votación y fallo el día 22 de enero de 2.008, quedando los autos para sentencia.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Don José Ignacio Álvarez Sánchez.
Se alzan los presentes recursos de apelación frente a la sentencia que puso término al procedimiento en la primera instancia, la cual desestimó la demanda rectora del procedimiento al aplicar la doctrina del retraso desleal que mantiene el Tribunal Supremo, sin imposición de costas. El recurso de la actora se fundamenta en dos motivos, una relativo a la acreditación de la deuda y el otro a la doctrina antes indicada y el de la demandada pretende que se impongan a la demandante las costas de primera instancia.
En un contrato de préstamo el prestatario viene obligado a devolver la suma recibida debiendo ser él quién acredite los pagos que ha realizado pues éste es un hecho extintivo de la obligación (S. 15-2-99, 2-12-03, 27-10-04, 16-2-05, etc.). Al actor le basta, por tanto, con demostrar la existencia del contrato y la entrega del dinero, que en este caso, como es usual, consta en el documento firmado por las partes. La Juzgadora de 1ª instancia lo...
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