SAP Córdoba 11/2007, 11 de Enero de 2007
Ponente | JOSE MARIA MAGAÑA CALLE |
ECLI | ES:APCO:2007:79 |
Número de Recurso | 511/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 11/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 11 /2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA
SECCIÓN PRIMERA
Iltmos. Sres.:
PRESIDENTE:
D. EDUARDO BAENA RUIZ
Magistrados:
D. JOSE MARIA MAGAÑA CALLE
D. PEDRO ROQUE VILLAMOR MONTORO
APELACIÓN CIVIL
Juzgado de 1ª INSTANCIA Nº 2 CORDOBA
JUICIO VERBAL Nº 675/06
Rollo: 511 /06
En Córdoba, a ONCE de enero de dos mil siete.
La Sección Primera de esta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en los autos referenciados, seguidos a instancia de DON Luis,representado por la Procuradora Sra. Villalonga Marzal y asistido del letrado Sr. Benito Melgar, siendo parte apelada MONTAJES ELÉCTRICOS CUENCA S.L., representados por el Procurador Sr. Coca Castilla y asistido del letrado Sr. Mora Márquez, pendientes en esta Sala en virtud de la apelación interpuesta, siendo Ponente del recurso el Istmo. Sr. Magistrado de esta Audiencia Provincial DON JOSE MARIA MAGAÑA CALLE.
Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida y
Seguido el juicio por su trámite, se dictó sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de Primera instancia número 2 de Córdoba, con fecha 13 de septiembre de 2006 cuya parte dispositiva es como sigue:
"Debiendo estimar la demanda formulada a instancia de MONTAJES ELÉCTRICOS CUENCA S.L., entidad representada por el procurador don Manuel Coca Castilla y con la asistencia de la letrado doña Susana Mora Márquez, contra don Luis representado por la procuradora Doña Mercedes Villalonga Marzal y con la asistencia del letrado don Jesús Benito Melgar, sobre reclamación de cantidad, la estimo condenando al demandado a pagar a la entidad actora la cantidad de mil setecientos euros ( 1.700 euros) intereses y costas conforme a lo razonado."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde recibido y turnado, se señaló día para deliberación que ha tenido lugar el 10 de enero de 2007.
En la tramitación de esta alzada se han observado las prescripciones y formalidades legales.
Se aceptan los Fundamentos Jurídicos de la Sentencia recurrida, y
Se alza el recurrente contra la Sentencia de instancia alegando error en la apreciación de la prueba. Se sostiene en concreto que el demandado que recibió el dinero de la entidad actora, para la que trabajaba, no podía coger dinero a préstamo, por lo que el contrato fue nulo por falta de consentimiento.
El recurso debe ser totalmente rechazado y confirmada la resolución combatida en su integridad. Considera esta Sala que el recurso, a la vista...
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