SAP León 577/2002, 17 de Diciembre de 2002

PonenteALFONSO LOZANO GUTIERREZ
ECLIES:APLE:2002:2097
Número de Recurso199/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución577/2002
Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA 577/02

Iltmos. Sres:

Don José Rodríguez Quirós.- Presidente

Don Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

Don Manuel García Prada.- Magistrado

En León a 17 de diciembre de dos mil dos.

VISTOS, ante el Tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido parte apelante Julia representada por la Procuradora González Rodríguez y como apelada Angelina representado por el Procurador GONZALEZ FERNANDEZ, actuando como Ponente para este trámite el Iltmo Sr. Don Alfonso Lozano Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Ponferrada, se dictó Sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el procurador de los Tribunales Sr. González Fernández en nombre y representación de Dª Angelina debo condenar y condeno a la demandada Dª. Julia , como heredera de su difunto esposo D. Cornelio , a elevar a escritura pública el contrato formalizado en el documento privado de 10 de septiembre de 1967, para lo cual deberá comparecer, por sí o con persona con poder suficiente para ello, al propio tiempo que la demandante, en la Notaría de Villafranca del Bierzo, el día y hora que el titular de dicha Notaría señale en ejecución de esta sentencia, con apercibimiento de que en otro caso, será otorgada en su nombre por el Juez de Primera Instancia; y desestimando íntegramente la demanda reconvencional formulada por la demandada Dª Julia contra la indicada parte actora, Dª Angelina , debo absolver y absuelvo a ésta última de las pretensiones contra ella ejercitadas en este procedimiento; todo ello con imposición a la demandada-reconviniente de las costas procesales derivadas de este pleito.

SEGUNDO

Contra la relacionada Sentencia que lleva fecha 30 de enero de 2000, se interpuso recurso por la parte apelante al que se opuso la parte apelada, por cuyo motivo se elevaron los autos a estaAudiencia,

TERCERO

Seguidos los demás trámites, se señaló día para la votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

SE ACEPTAN los de la sentencia de instancia EXCEPTO la novena que lo es parcialmente

SEGUNDO

La sentencia de instancia que con estimación íntegra de la demanda interpuesta por la representación de la actora Dª Angelina en cuanto parte del contrato privado celebrado celebrado el día 10 de septiembre de 1.967 condena a Dª Julia en su condición de heredera de su difunto esposo D. Cornelio a elevar a escritura pública dicho contrato privado por el que se elimina la situación de copropiedad sobre diversos bienes hasta ese momento existente a virtud de la escritura pública de fecha 1 de febrero de 1966 en que se procedió tras el fallecimiento de D. Abelardo , así como de D. Jesús a la liquidación de gananciales de los esposos D. Abelardo y Dª Sandra y a la división y adjudicación de las herencias de E). Abelardo y D. Jesús , y que así mismo desestimó las pretensiones formuladas por la parte demandada mediante el ejercicio de acciones acumuladas con imposición de la totalidad de las costas procesales a esta segunda parte, ha sido recurrida en apelación por la misma interesando su revocación y que se dicte otra sentencia en alzada conforme, al suplico peticionado en el escrito de contestación a la demanda o subsidiariamente con estimación parcial de cuanto se pidió en primera instancia se dice sentencia reconociendo los derechos y créditos que entienda procedentes en su favor sin mas límites cuantitativos a efectos de congruencia que el que presentó el conjunto de peticiones formuladas en dicho escrito, y subsidiariamente, y para el caso de que se confirme en lo demás la sentencia recurrida, se revoque en todo caso el pronunciamiento en costas y se declare la improcedencia de la imposición a la parte demandada reconviniente.

La parte actora impugna el recurso interesa su desestimación con imposición de las costas de alzada.

TERCERO

Impugnándose por la demandada reconviniente en primer lugar el valor transaccional y consiguiente valor de cosa juzgada del documento privado de 10 de septiembre de 1.967 nominado como Documento privado de extinción de comunidades y adjudicación de bienes otorgado por Dª. Sandra y D. Cornelio aportado como Documento nº 3 con el escrito rector, el examen de referido documento y teniendo presente la normativa jurídica de aplicación lleva a la desestimación del recurso por cuanto:

  1. - Las partes litigantes reconocen expresamente su validez en los...

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