SAP Huesca 31/2005, 28 de Enero de 2005
Ponente | ANTONIO ANGOS ULLATE |
ECLI | ES:APHU:2005:45 |
Número de Recurso | 136/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 31/2005 |
Fecha de Resolución | 28 de Enero de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª |
Sentencia Apelación Civil Número 31
PRESIDENTE
D. GONZALO GUTIÉRREZ CELMA
MAGISTRADOS
D. ANTONIO ANGÓS ULLATE
D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO
En Huesca, a veintiocho de enero de dos mil cinco.
En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de juicio ordinario número 300/2003 seguidos ante el juzgado de primera instancia número 2 de Huesca , sobre reclamación de cantidad. Pedro Francisco los promovió, como demandante, dirigido por la letrado doña Lourdes Guillén Figuerola y representado por la procurador doña María del Mar Pascual Obis, contra DKV SEGUROS Y REASEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA, como demandada, defendida por el letrado don José Margalejo Muro y representada por el procurador don Javier Laguarta Valero. Se hallan pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 136 del año 2004, e interpuesto por la demandada, DKV SEGUROS Y REASEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA. Actúa como ponente de esta sentencia el magistrado Ilmo. Sr. ANTONIO ANGÓS ULLATE.
Damos por reproducidos los que contiene la sentencia apelada.
El ilustrísimo magistrado juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 24 de noviembre de 2003 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
"FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Pascual Obis en nombre y representación de Pedro Francisco asistido por la Letrado Sra. Guillén Figuerola formulada contra DKV Seguros y Reaseguros S.A. Española, representada por el Procurador Sr. Laguarta Valero y asistida por la Letrado Sra. Laguens Bona, debiendo condenar y condenando a la demandada a pagar al actor la cantidad de trece mil quinientos noventa y un euros con cincuenta y cuatro céntimos
(13.591,54 euros) más el interés legal devengado desde el día 12 de diciembre de 2002 hasta el completopago del principal al tipo de interés legal del dinero incrementado en un 50%, tipo que no podrá ser inferior al 20% anual una vez transcurridos dos años desde el 16 de abril de 2002, fecha del siniestro, y todo ello, con expresa imposición de las costas procesales a la demandada".
Contra la anterior sentencia, la demandada, DKV SEGUROS Y REASEGUROS, SOCIEDAD ANÓNIMA ESPAÑOLA, anunció recurso de apelación. El juzgado tuvo por preparado el recurso y emplazó a la apelante por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en el indicado plazo mediante la presentación del oportuno escrito, en el que solicitó la desestimación de la demanda. A continuación, el juzgado dio traslado del recurso a las otras partes personadas para que presentaran escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serles desfavorable; en cuya fase, el actor, Pedro Francisco , se opuso al recurso. Seguidamente, el juzgado remitió los autos a este tribunal, en donde quedaron registrados al número 136/2004. No habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que quedara pendiente para deliberación, votación y fallo, lo cual tuvo lugar en el pasado día 26.
En la tramitación de esta segunda instancia, no se han cumplido los plazos procesales por la atención prestada a otros asuntos pendientes ante este tribunal.
La demandada alega en su recurso falta de motivación de la sentencia; que la invalidez temporal producida por el infarto de miocardio objeto de controversia no deriva de un accidente, sino de una enfermedad; que, si la calificación fuera de accidente, el artículo...
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