SAP Madrid 467/2006, 20 de Noviembre de 2006

PonenteCARLOS CEZON GONZALEZ
ECLIES:APM:2006:16649
Número de Recurso177/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución467/2006
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 13

MADRID

SENTENCIA: 00467/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 13

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 3971921 Fax: 3971998

N.I.G. 28000 1 7015922 /2006

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 177 /2006

Proc. Origen: JUICIO VERBAL 247 /2001

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCIÓN N. 3 de VALDEMORO

De: AXA SEGUROS SA

Procurador: MAGDALENA CORNEJO BARRANCO

Contra: MAPFRE, MUTUALIDAD DE SEGUROS Y REASEGUROS A PRIMA FIJA, PLAZAUTO,

S.L., ASOCIACIÓN DE MEDICOS ESPECIALISTAS_

Procurador: FEDERICO RUIPEREZ PALOMINO, SIN PROFESIONAL ASIGNADO, SIN

PROFESIONAL ASIGNADO

Ponente: Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GÓMEZ RICO

Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ

Ilmo. Sr. D. JOSÉ LUIS ZARCO OLIVO

SENTENCIA

En Madrid, a veinte de noviembre de dos mil seis. La Sección Decimotercera de la

Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal sobre reclamación, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Valdemoro (Madrid), seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, de otra como demandado-apelado PLAZAUTO S.L., y de otra, como demandado-apelante AXA AURORA IBÉRICA S.A.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Tres de los de Valdemoro se dictó, en el juicio verbal 247/01 sentencia de fecha 1 de septiembre de 2005 con Fallo de este tenor: "Se estima la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Hernández Villamón en nombre y representación de Mapfre Mutualidad de seguros contra Axa Aurora representado por el procurador Sr. Guadalix Hidalgo, y se condena a abonar a la actora la cantidad de 2.171,40 euros, equivalente de 361.290 pesetas, más el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, 6 de abril de 2001, hasta su completo pago, con expresa imposición de costas a la parte demandada".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia recurrió en apelación la demandada, Axa Aurora Ibérica Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros S.A. Las actuaciones ingresaron en esta Audiencia provincial el 7 de marzo de 2006.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial correspondió, por reparto, el conocimiento del recurso a esta Sección Decimotercera. Fue incoado el correspondiente rollo y se asignó ponencia, con arreglo a las normas preestablecidas al efecto. Se señaló para la DELIBERACIÓN, VOTACIÓN y FALLO del recurso el día 15 de noviembre de este año y dicho día fue examinada y decidida la apelación por este Tribunal.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Tribunal acepta el Fundamento de Derecho Primero de la sentencia apelada, haciendo la corrección siguiente:

El vehículo Audi 100 matrícula M-4047-JZ no tenía seguro obligatorio concertado con Axa Aurora Seguros, sino con la demandante Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija y ésta satisfizo las indemnizaciones que se mencionan en el mencionado Fundamento con cargo al seguro obligatorio del Audi 100. La demandada Axa Aurora Ibérica Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros S.A. era aseguradora de la industria de reparación de automóviles explotada por la sociedad Plazauto S.L. en la modalidad de seguro integral de pequeña y mediana empresa.

Aceptamos los Fundamentos de Derecho Segundo, Tercero, dos primeros párrafos del Cuarto y Quinto de la mencionada sentencia.

Y rechazamos el párrafo último del Fundamento de Derecho Cuarto y el Sexto de la misma resolución.

SEGUNDO

El 7 de abril de 2000 se produjo un siniestro de tráfico en el cruce de las calles Seseña y Esquivias de Valdemoro en el que intervinieron el turismo Audi 100, matrícula M-4047-JZ, propiedad de la sociedad Asociación de Médicos Especialistas S.L., conducido por Don Constantino y con seguro obligatorio en Mapfre Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija (Mapfre a partir de ahora), y el ciclomotor Torrot, matrícula N-....-NKB, propiedad de Don Rubén y conducido por su hijo, entonces menor de edad, Marco Antonio.

Don Constantino era a la sazón empleado del taller de reparación de automóviles explotado por la empresa Plazauto S.L. y conducía el Audi 100 por razones laborales. Dicho automóvil había sido dejado por la entidad propietaria en el taller para que se realizase una reparación. Plazauto tenía concretado con Axa Aurora Ibérica Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros S.A. (Axa en lo sucesivo) un seguro integral de pequeña y mediana empresa que, entre otras contingencias, cubría la responsabilidad civil de la empresa.

Mapfre, como aseguradora del vehículo Audi, indemnizó al conductor y al propietario del ciclomotor por las lesiones sufridas por el primero y los daños registrados en la máquina a causa del siniestro (311.290 pesetas y 50.000...

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