SAP León 218/2008, 1 de Septiembre de 2008
Ponente | MIGUEL ANGEL AMEZ MARTINEZ |
ECLI | ES:APLE:2008:910 |
Número de Recurso | 255/2007 |
Número de Resolución | 218/2008 |
Fecha de Resolución | 1 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - León, Sección 3ª |
SENTENCIA Nº. 218/08
Iltmos. Sres.
D. LUIS ADOLFO MALLO MALLO. Presidente
D. MIGUEL ÁNGEL ÁMEZ MARTÍNEZ . Magistrado
Dª. PILAR ROBLES GARCIA.- Magistrada.
En León, a uno de septiembre de dos mil ocho.
VISTO ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial el recurso de apelación civil arriba indicado, en el que ha sido apelante CIA DE SEGUROS LEPANTO S.A.,CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, representada por la Procuradora Dª Mª Cristina Muñiz Alique, dirigida por el Letrado D. Carlos Callejo de la Fuente; y apelado ZURICH COMPAÑÍA DE SEGUROS, representada por la Procuradora Dª Ana Mª Alvarez Morales, dirigida por el Letrado D. Eduardo López Sendino. Actuando como Magistrado Ponente para este trámite el Ilmo Sr. D. MIGUEL ÁNGEL ÁMEZ MARTÍNEZ.
El Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº. 9 de León dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Alvarez Morales en nombre y representación de la Cía. Zurich de Seguros contra la Comunidad de Propietarios de la C/ DIRECCION000 nº NUM000 de esta ciudad deLeón y la Cía. Lepanto S.A. de Seguros y Reaseguros, y en su consecuencia, debo condenar y condeno a meritadas codemandadas a que abonen solidariamente a la actora la cantidad de 6.090,08 euros, devengándose de dicha cantidad a favor de la actora y con cargo a las codemandadas condenadas, los intereses previstos en el fundamento de derecho sexto de esta resolución el cual se entenderá parte integrante de esta parte dispositiva, y todo ello con expresa imposición de costas a las codemandadas."
Contra la relacionada sentencia, que lleva fecha de 15 de Mayo de 2007 se interpuso recurso por la parte apelante, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, ante la que se personaron dentro del término del emplazamiento y en legal forma las partes litigantes y seguidos los demás trámites se señaló el día 14 de Julio de 2008 para deliberación.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales excepto el plazo para dictar sentencia previsto en el art. 465.1 LEC de 2000 , de imposible cumplimiento debido a la acumulación de asuntos anteriores y preferentes pendientes en este tribunal.
A tenor de las alegaciones que la Compañía de Seguros Lepanto S.A. como apelante, y Zurich Compañía de Seguros como apelada, vienen a referir en sus respectivos escritos al efecto. Y habiendo procedido esta Sala, en la nueva valoración a llevarse a cabo en esta segunda instancia con plenitud de jurisdicción, a efectuar un nuevo análisis de las actuaciones y resultado de las pruebas practicadas en las mismas.
Tras su valoración en conjunto y de forma ponderada, se viene ahora a...
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