SAP Barcelona 11/2008, 15 de Enero de 2008

PonenteMARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
ECLIES:APB:2008:1459
Número de Recurso53/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución11/2008
Fecha de Resolución15 de Enero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 13ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN TRECE

ROLLO Nº 53/2007 A

JUICIO ORDINARIO Nº 508/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 55 DE BARCELONA

S E N T E N C I A N ú m. 11

Ilmos. Sres.

D. JUAN CREMADES MORANT

Dª ISABEL CARRIEDO MOMPIN

Dª Mª ANGELS GOMIS MASQUE

D. FERNANDO UTRILLAS CARBONELL

En la ciudad de Barcelona, a quince de Enero de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Trece de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 508/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 55 de Barcelona, a instancia de D. Franco, contra CAHISPA S.A. DE SEGUROS GENERALES; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 30 de Octubre de 2006, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimant la demanda interposada pel Sr. Franco contra CAHISPA S.A. DE SEGUROS GENERALES, condemno la demandada a pagar a l'actor 7.326,95 euros més els seus interessos legals des de la interpel.lació judicial, i li imposo les costes del plet".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante su escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día ONCE DE DICIEMBRE DE 2007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª ANGELS GOMIS MASQUE.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con la demanda inicial el actor, que tenía asegurada la motocicleta de su propiedad con la compañía aseguradora CAHISPA con una póliza que incluía la cobertura de la garantía de Defensa Jurídica, se dirige contra esta, con fundamento en los arts. 76 a) y d) de la Ley del Contrato de Seguros, en reclamación de la suma de 7.326'95 €, importe de los honorarios de abogado y de perito y los derechos de procurador devengados en el procedimiento seguido a instancia del propio actor en reclamación de los daños y perjuicios sufridos por el mismo en un accidente de circulación ocurrido con ocasión de conducir la motocicleta asegurada, y que terminó con una sentencia que, estimando parcialmente la demanda, le reconocía una indemnización de 26.236 €, sin costas.

La demandada opuso a tal pretensión su falta de legitimación pasiva, alegando que la defensa jurídica estaba reasegurada en la compañía DAS, contra la que debía dirigirse el actor y quien, si procede, debía atender la reclamación, y para el supuesto de que no se estimara invocó la pluspetición respecto de los honorarios de letrado (respecto a los que opone una limitación pactada en la póliza de 3000 €) y de perito médico, alegando que no se incluyen en la cobertura.

La sentencia de primera instancia estima la demanda en su totalidad. Frente a dicha resolución se alza la parte demandada por medio del presente recurso y la impugna en todos sus pronunciamientos, reiterando los argumentos en los que basó su oposición. En consecuencia, el debate en esta instancia queda fijado en los mismos términos que en la primera, disponiéndose para su resolución del mismo material probatorio.

SEGUNDO

La sentencia objeto de recurso ha de ser confirmada por sus propios fundamentos, que este tribunal acepta y que no han sido desvirtuados por las...

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