SAP Almería 51/2007, 19 de Marzo de 2007
Ponente | TARSILA MARTINEZ RUIZ |
ECLI | ES:APAL:2007:314 |
Número de Recurso | 243/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 51/2007 |
Fecha de Resolución | 19 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO DE APELACIÓN CIVIL Nº 243/06
SENTENCIA NUMERO 51/07
ILMOS SRES.
PRESIDENTE:
Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ
MAGISTRADOS:
D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD
Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID
En la Ciudad de Almería, a 19 de marzo de 2007.
La Sección 3ª de esta Audiencia Provincial, ha visto en grado de apelación, Rollo número 243/06, los autos procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de El Ejido, seguidos con el número 560/05, sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD, entre partes, de una, como DEMANDANTE, "E.H. FEMAGO, S.A.", y de otra, como DEMANDADA, D. Jose Manuel, representada la primera por la Procuradora Dª. Carmen Sánchez Cruz y dirigida por el Letrado D. Emilio Lucas Marín, y la segunda representada por la Procuradora Dª. María Dolores Jiménez Tapia y dirigida por la Letrado Dª. Mercedes Martín Cara.
Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de El Ejido, en los referidos autos se dictó sentencia con fecha 3 de abril de 2006, estimando la pretensión actora y condenando al demandado a abonar a la demandante la suma de 3.400€ más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda, así como al pago de las costas procesales causadas.
Contra la referida sentencia y por la representación procesal de la parte demandada, se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia revocatoria de la de primera instancia, por las razones expuestas en dicho escrito.
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte apelada, quien solicitó la confirmación de la mencionada resolución.
A continuación, se elevaron las actuaciones a este Tribunal donde, formado y registrado el correspondiente Rollo, se turnó de ponencia y, no habiéndose solicitado prueba en esta segunda instancia, ni habiéndose estimado necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el pasado 5 de marzo de 2007.
En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.
Se ejercita en esta litis una acción personal de reclamación de cantidad, pretendiendo la actora que el demandado le abone la suma que este recibió de ella en concepto de anticipo, según el documento que acompaña con su escrito de demanda, en fecha 14 de junio de 2002; pretensión a la que se ha opuesto el demandado, sosteniendo, en esencia, que dicha cantidad le fue, en efecto, entregada, por la actora, pero como préstamo, sin pactarse forma y plazo de devolución del mismo, y sin haber sido requerido por la demandante para el abono de la citada cantidad.
La sentencia de primera instancia acoge la tesis de la parte actora, frente a la que se alza el demandado invocando: infracción del art. 1.3 del CC, infracción del art. 313 del CCO y art. 1128 del CC ; y error en la valoración de la prueba.
A la vista de la cuestión litigiosa y a la vista de lo actuado, no pueden acogerse ninguno de los motivos esgrimidos en su recurso por la parte demandada.
Teniendo en cuenta que el citado...
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