SAP Madrid, 16 de Julio de 2001
Ponente | LORENZO PEREZ SAN FRANCISCO |
ECLI | ES:APM:2001:10674 |
Número de Recurso | 565/2000 |
Fecha de Resolución | 16 de Julio de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección ª |
SENTENCIA
En Madrid, a dieciséis de Julio de dos mil uno.
La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos sobre reclamación de cantidad, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, seguidos entre partes, de una, como apelante demandada CIA. IBERIA LÍNEAS AEREAS DE ESPAÑA, S.A. representada por el Procurador Sr. Pinto Marabotto Ruiz y de otra, como apelado demandante adherido a la apelación DON Luis Pablo representado por el Procurador Sr. Pinto Marabotto Ruiz, seguidos por el trámite de juicio de cognición.
VISTO, siendo Magristrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Lorenzo Pérez San Francisco .
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 60 de Madrid, en fecha 3 de mayo de 2000, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda planteada por el Procurador D. Luciano Rosch Nadal en nombre y representación de D. Luis Pablo contra Iberia, condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTAS CATORCE PESETAS (88.314 PTAS), e intereses desde la fecha de esta resolución. Sin expresa imposición de costas en cuanto a las ocasionadas en el procedimiento".
Por la parte demandada se interpuso recurso de apelación contra la meritada sentencia, admitiéndose a trámite y sustanciándose por el Juzgado conforme a la Ley 10/92, y previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos a esta Audiencia.
Que recibidos los autos en esta Sección se formó el oportuno rollo, en el que se siguió el recurso por sus trámites. Quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 10 de julio de 2001.
En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
Tanto por la Compañía Iberia Líneas Aéreas de España, S.A. como por Don Luis Pablo se impugna la sentencia de instancia por el mismo concreto punto, consistente en la indemnización que debe abonarse a la demandante como consecuencia del retraso en la entrega del equipaje por la Cía Aérea demandada, si bien evidentemente cada parte sostiene postura distinta al respecto mientras que el Juez de instancia concede la cantidad de 20.000 pesetas por este punto, la parte apelante Iberia sostiene que no procede la condena a ninguna cantidad y la parte adherida al recurso de apelación sostiene que debeabonarse la cantidad total...
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