SAP Alicante 15/2007, 25 de Enero de 2007
Ponente | FEDERICO RODRIGUEZ MIRA |
ECLI | ES:APA:2007:1224 |
Número de Recurso | 424/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 15/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Alicante, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL de ALICANTE. Sección cuarta. Rollo 424/06
AUDIENCIA PROVINCIAL
SECCIÓN CUARTA
ALICANTE
NIG: 03014-37-2-2006-0005055
Procedimiento: Recurso de apelación Nº 000424/2006-
Dimana del Liquidación de la sociedad de gananciales Nº 000101/2006
Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 10 DE ALICANTE
Apelante/s: Leticia
Procurador/es: Mª CARMEN DIAZ GARCIA
Letrado/s: JESUS LOPEZ ARRIBAS
Apelado/s: Alberto
Procurador/es : JUAN T. NAVARRETE RUIZ
Letrado/s: MANUEL PERALES CANDELA
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Iltmos. Sres.:
Presidente
D.Federico Rodríguez Mira
Magistrados
D. Manuel B. Flórez Menéndez
Dª. Mª Amor Martínez Atienza
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En ALICANTE, a veinticinco de enero de dos mil siete
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Alicante, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados antes citados y
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº 000015/2007
En el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada D/ª. Leticia, representada por el Procurador Sr. DIAZ GARCIA, Mª CARMEN y asistida por el Ldo. Sr. LOPEZ ARRIBAS, JESUS, frente a la parte apelada Alberto, representado por el Procurador Sr. NAVARRETE RUIZ, JUAN T. y asistido por el Ldo. Sr. PERALES CANDELA, MANUEL, contra la sentencia dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 10 DE ALICANTE, habiendo sido Ponente el Ilmo Sr. Presidente D. Federico Rodríguez Mira.
Por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 10 DE ALICANTE, en los autos de juicio Liquidación de la sociedad de gananciales - 000101/2006 se dictó en fecha 18-05-06 sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
1.- Debo declarar y declaro NO HABER LUGAR A INCLUIR EN EL INVENTARIO de la sociedad de gananciales formada por D. Alberto y DÑA. Leticia las siguientes partidas:
a) Lavadora, encimera y frigorífico adquiridos por la demandada con posterioridad a la disolución de la sociedad de gananciales.
b) Crédito a favor de la sociedad de gananciales con cargo a D. Alberto por el importe del préstamo nº NUM000 de anticipo reintegrable concertado con el Banco de España.
c) Crédito a favor de la sociedad de gananciales con cargo a D. Alberto por el saldo existente en las cuentas desde la separación de hecho de los esposos y hasta la disolución de la sociedad de gananciales.
d) Crédito a favor de la sociedad de gananciales y con cargo a D. Alberto por el importe de los fondos de inversión con al entidad MAPFRE.
e) Renault 21 matrícula E-....-QN.
f) Deuda contraída con los padres de Dña. Leticia de 3.000 euros y 4.808,10 euros, para adquisición de mobiliario y vehículo.
g) Crédito a favor de la sociedad de gananciales, por importe de 12.020,24 euros y a cargo de D. Andrés y Dña. Paloma.
2.- No se aprecian motivos para imponer las costas procesales a ninguno de los litigantes.
Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada D/ª. Leticia, habiéndose tramitado el mismo por escrito ante el Juzgado de instancia, en la forma prevista en la L.E.C. 1/2000, elevándose posteriormente los autos a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo de apelación 000424/2006 señalándose para votación y fallo...
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