SAP Madrid 494/2007, 3 de Octubre de 2007

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APM:2007:14772
Número de Recurso753/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución494/2007
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD. PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00494/2007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7025010 /2006

ROLLO: RECURSO DE APELACION 753 /2006

JUICIO VERBAL 590 /2004

JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 3 de NAVALCARNERO

Apelante/s: REHABILITACIÓN DE FACHADAS LINEA VERTICAL, S.L.

Procurador: ANTONIO PIÑA RAMIREZ

Apelado/s: ASOCIACION NACIONAL DE EMPRESAS DE TRABAJOS VERTICALES Y EN ALTURA

Procurador: MARIA LUISA ESTRUGO LOZANO

SENTENCIA Nº 494

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLAS DIAZ MENDEZ

D. RAMON RUIZ JIMENEZ

D. MIGUEL ANGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, tres de Octubre de dos mil siete.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal nº 590/2004, provenientes del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Navalcarnero y seguidos sobre reclamación de cantidad, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala Nº 753/2006, en el que han sido partes, como apelante REHABILITACIÓN DE FACHADAS LINEA VERTICAL S.L. que estuvo representada por el Procurador D. Antonio Piña Ramírez; y de otra, como apelado la ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESAS DE TRABAJOS VERTICALES Y EN ALTURA (ANETVA), que vino al litigio representado por la Procuradora Dña. Maria Luisa Estrugo Lozano.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMON RUIZ JIMENEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha treinta y uno de Marzo de 2.005, el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Navalcarnero, en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:"FALLO: ESTIMAR íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales SR. JIMENEZ ANDOSILLA, en representación de ASOCIACIÓN NACIONAL DE EMPRESAS DE TRABAJOS VERTICALES, contra REHABILITACIÓN DE FACHADAS LÍNEA VERTICAL S.L. y CONDENO a la demandada a pagar a la demandante la cantidad de NOVECIENTOS VEINTIDÓS EUROS, CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS DE EUROS (992,56 euros), MÁS EL INTERÉS LEGAL desde la interposición de la demanda, incrementado en dos puntos desde el dictado de la sentencia hasta su pago; así como al pago de las COSTAS PROCESALES".

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de la mercantil REHABILITACIÓN DE FACHADAS LÍNEA VERTICAL S.L., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal mediante oficio de fecha 14 de Noviembre de 2.006, repartido a esta Sección con fecha 23 de Noviembre, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación y votación tuvo lugar en el día de ayer, observándose las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los que a continuación se insertan y

PRIMERO

Recordando, siquiera en síntesis la pretensión...

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