SAP Zaragoza 57/2003, 31 de Enero de 2003
Ponente | JAVIER SEOANE PRADO |
ECLI | ES:APZ:2003:245 |
Número de Recurso | 156/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 57/2003 |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª |
SENTENCIA NUMERO CINCUENTA Y SIETE
Ilmos. Señores:
Presidente:
D. José J. Solchaga Loitegui
Magistrados:
D. Javier Seoane Prado
D. Eduardo Navarro Peña
En la Ciudad de Zaragoza a treinta y uno de Enero de dos mil tres.
En nombre de S.M. el Rey
VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 11.01.02 por el Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Zaragoza , en autos de Juicio de Menor cuantía seguidos con el número 420/01 , de que dimana el presente rollo de apelación numero 156/02 en el que han sido partes, apelante , la demandante COBANITRANS, S.L. representada por la Procuradora Dª Almudena Gallego Vázquez y asistida el Letrado D. Sr. Díaz Hernández, y, apelada, la demandada TRANSPORTES OCHOA, S.A. representada por el Procurador D. José María Angulo Sáinz de Varanda y asistido del Letrado D. J.I.. Ochoa de Chinchetru Sacristán siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.
Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y
La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por la representación procesal de COBANITRANS, S.L., contra TRANSPORTES OCHOA, S.A., con imposición de las costas causadas a la parte actora."
Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandante Cobanitrans, S.L., se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandada formuló oposición al presente recurso remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.
Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 30 de Enero de 2003en que tuvo lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan los de la resolución recurrida en tanto no se opongan a los del presente resolución y
Cobanitrans SL reclama las indemnizaciones que se expresa en el suplico de la demanda en conceptos de indemnización por clientela, lucro cesante y daños morales, así como cualquier otro que se acredite en ejecución de sentencia a Transporte Ochoa SA, todas ellas debidas por la resolución unilateral injustificada de sendos contratos denominados de corresponsalía, que firmó con dicha demandada el día 25 de noviembre de 1995, la primera en concepto de corresponsal y la segunda de principal, y para los ámbitos territoriales de las provincias de Albacete y Jaén, resolución que la actora llevada a cabo mediante requerimiento notarial de 5-2-1998.
La demandada se opuso a la demanda alegando que la resolución del contrato venía justificado por los incumplimientos reiterados del contrato por parte de la demandada que se hallan tipificados en los contratos como causa de resolución en el apartado V. PRIMERA del contrato, por lo que nada debería de los conceptos indemnizatorios que se le reclaman. En concreto alega incumplimiento de la obligación de pago de las liquidaciones, ejecución incorrecta de los servicios prestados, concurrencia en el tráfico e impago de salarios de su personal.
El juzgador de primer grado considera probados los incumplimiento alegados por la demandada y que la resolución de los contratos por la demandada se halla justificada, y, por ende, nada debe en los conceptos que se reclaman según expresa el art. 30 LA , en consecuencia desestima la demanda.
Contra dicha decisión se alza la parte actora mediante el recurso de apelación del que conocemos.
Los contratos en cuestión tenían por objeto la actuación por...
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