SAP Madrid 39/2004, 26 de Enero de 2004
Ponente | D. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICO |
ECLI | ES:APM:2004:891 |
Número de Recurso | 257/2003 |
Número de Resolución | 39/2004 |
Fecha de Resolución | 26 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 13ª |
D. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ-RICOD. CARLOS LUIS LLEDO GONZALEZD. VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
Sección 13
1280A
FERRAZ 41
Tfno.: 3971921 Fax: 3971998
N.I.G. 28000 1 7003785 /2003
Rollo: RECURSO DE APELACION 257 /2003
Proc. Origen: EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 271 /2001
Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 10 de MOSTOLES
De: Juan Francisco
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Contra: Simón
Procurador: SIN PROFESIONAL ASIGNADO
Ponente: ILMO. SR. D.MODESTO DE BUSTOS GOMEZ RICO
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. MODESTO DE BUSTOS GOMEZ RICO
Ilmo. Sr. D. CARLOS CEZÓN GONZÁLEZ
Ilmo. Sr. D. VICTORIANO JESUS NAVARRO CASTILLO
SENTENCIA
En MADRID, a veintiséis de enero de dos mil cuatro.
La Sección Decimotercera de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Verbal, sobre tasación de costas, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Móstoles, seguidos entre partes, de una, como demandante-apelado DON Simón, y de otra, como demandado-apelante DON Juan Francisco.
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Por el Juzgado de Primera Instancia nº 10, de Madrid, en fecha 19 de julio de 2002, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la impugnación de la tasación de costas formulada por el Procurador DON CARMELO PERDIGUERO MARTIN, en nombre y representación de Juan Francisco declara debidos los honorarios de la Letrada Sra. María Esther, incluidos en dicha tasación y con imposición de costas a Don Juan Francisco. ".
Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, del cual se dió traslado a la parte apelada, elevándose los autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
Recibidos los autos en esta Sección, se formó el oportuno Rollo turnándose su conocimiento, a tenor de la norma preestablecida en esta Sección de reparto de Ponencias, y conforme dispone la Ley de Enjuiciamiento Civil, quedó pendiente para la correspondiente DELIBERACIÓN, VOTACIÓN Y FALLO, la cual tuvo lugar, previo señalamiento, el día 22 de enero de 2004.
En la tramitación del presente recurso se han observado todas las disposiciones legales.
No se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
En la tramitación del procedimiento se observa la comisión por el órgano judicial de varios defectos de notoria relevancia en el enjuiciamiento demandado. Si Don Simón solicita en su escrito inicial presentado el 11 de septiembre de 2001 la incorporación de los autos de juicio verbal nº 159/00 para la practica de la tasación de costas solicitada, lo que resulta necesario para su realización por el Secretario y para el conocimiento del Juez ante eventuales impugnaciones de la tasación ya practicada, no se alcanza a comprender la inexistencia de pronunciamiento alguno sobre dicho extremo. Pero si, además, en el auto que dictó después el Juzgado el 1 de octubre de 2001 se acuerda incoar procedimiento de ejecución de títulos judiciales respecto a la solicitud de practica de tasación de costas...", menos se entiende que no se incorpore el titulo mismo de cuya ejecución se trata.
Hecha constancia de estas circunstancia, de las alegaciones recíprocamente efectuadas y aceptadas por las partes son presupuesto de este recurso los siguientes hechos:
Ante el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de los de Móstoles se siguieron los autos de juicio verbal nº...
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