SAP Huesca 6/2005, 11 de Enero de 2005

PonenteSANTIAGO SERENA PUIG
ECLIES:APHU:2005:5
Número de Recurso143/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución6/2005
Fecha de Resolución11 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Huesca, Sección 1ª

Sentencia Apelación Civil Número 6

PRESIDENTE

D. SANTIAGO SERENA PUIG

MAGISTRADOS

D. ANTONIO ANGÓS ULLATE

D. JOSÉ TOMÁS GARCÍA CASTILLO

En Huesca, a once de enero de dos mil cinco.

En nombre del Rey, la Audiencia Provincial de Huesca ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio Modificación de Medidas número 570/03 seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Huesca promovidos por Íñigo , dirigido por la Letrada doña Encarnación Tovar Lazaro y representado por la Procuradora doña María Ángel Pisa Torner, contra Marisol , como demandada, defendida por la Letrada doña Carmen Gutiérrez Cabrero y representada por la Procuradora doña Hortensia Barrio Puyal. Se hallan los autos pendientes ante este tribunal en virtud del presente recurso de apelación, tramitado al número 143 del año 2004, e interpuesto por el demandante, Íñigo . Es ponente de esta sentencia el Magistrado Ilmo. Sr. don SANTIAGO SERENA PUIG.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Aceptamos y damos por reproducidos los señalados en la sentencia impugnada.

SEGUNDO

El ilustrísimo juez del indicado juzgado de primera instancia, en el procedimiento anteriormente circunstanciado, dictó la sentencia apelada el día 21 de enero de 2004 , cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: Que desestimando la demanda deducida por la Procuradora Sra. Pisa en nombre y representación de Íñigo contra Marisol y María Milagros declaro no haber lugar a la modificación de medidas pretendida, condenando a la parte demandante al pago de las costas procesales".TERCERO: Contra la anterior sentencia, el demandante, Íñigo , dedujo recurso de apelación. El juzgado lo tuvo por preparado y emplazó a la apelante por 20 días para que lo interpusiera, lo cual efectuó en plazo y forma presentando el correspondiente escrito en el que solicitó la íntegra estimación de la demanda. A continuación, el juzgado dio traslado al demandado, Marisol , para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que pudiera serle desfavorable. En esa fase, el apelado formuló en tiempo y forma escrito de oposición. Seguidamente, el juzgado emplazo a las partes por término de treinta días ante este Audiencia y seguidamente se remitieron los autos a este Tribunal, en donde quedaron registrados al número 143/2004. Personadas las partes ante esta Audiencia y no habiéndose propuesto prueba ni solicitado vista, la Sala acordó que el recurso quedara pendiente de deliberación, votación y fallo, lo que ha tenido lugar en el día de hoy. En la tramitación de esta segunda instancia, no ha sido posible observar los plazos procesales por la atención prestada a los otros asuntos pendientes ante este tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso no puede prosperar por las razones expuestas en la sentencia que se recurre, las cuales expresamente aceptamos y damos por reproducidas. A mayor abundamiento, y para desestimar los concretos motivos del presente recurso, no puede mantenerse la interpretación de la clausula séptima del convenio regulador de la separación que sostiene el demandante. En dicha clausula se decía "el padre como pensión de alimentos para cada uno de los menores (sic) pasará mensualmente la cantidad de 52.000 ptas. [1/4]" -folio 16-, lo cual no significa que llegadas las hijas a la mayoría de edad desaparezca la obligación de pagar alimentos,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR