SAP Cantabria 10/2007, 5 de Enero de 2007
Ponente | JOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS |
ECLI | ES:APS:2007:194 |
Número de Recurso | 566/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 10/2007 |
Fecha de Resolución | 5 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
SANTANDER
SENTENCIA: 00010/2007
ROLLO NUM. 566/06
S E N T E N C I A NUM. 10/07
Ilma. Sra. Presidente
Doña María José Arroyo García
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Marcial Helguera Martínez
Don Joaquín Tafur López de Lemus
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En la Ciudad de Santander, a cinco de enero de dos mil siete.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Verbal 454/04, Rollo de Sala núm. 566/06, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº uno de Torrelavega.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Luis Francisco, representado por el Procurador Sra. Quiros Martínez, y defendido por el Letrado Sr. Sierra Rodríguez; y parte apelada doña María Teresa, D. Joaquín y Dª María Inés, representados por el Procurador Sr. Calvo Gómez, y defendido por el Letrado Sr. Cano Vinagrero.
Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. D. Joaquín Tafur López de Lemus.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Torrelavega, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 24-05-06 Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por el procurador don Pedro Miguel Cruz González en representación de doña María Teresa, Dª María Inés y don Joaquín contra don Luis Francisco representado por el procurador don Luis Ceballos Fernández, y, consecuentemente, deberán realizarse en el cuaderno particional formulado por Dª Elena las modificaciones que se indican en el fundamento de Derecho tercero de esta Resolución; es decir, que se incluirán en el pasivo las siguientes partidas: 11,01 y 7.798,34 euros correspondientes a dos saldos deudores con Banco Atlántico, SA; 50.759,79 y 644,44 euros correspondientes a un saldo deudor en BSCH; 201,45 euros correspondientes a un saldo deudor en Caja Cantabria; 2.196,19 euros correspondientes a un saldo deudor con Petrohogar; 1.029 euros correspondientes a un saldodeudor con Velfair S.L.; 2.741,91 euros correspondientes a un saldo deudor con Gómez Oviedo S.L; 3.606,07 euros correspondientes a un saldo deudor con Utixe Norte, S.L.; 4.354,29 euros correspondientes a un saldo deudor con Distribuidora Cántabra de Explosivos S.A.; y 1.114,30 y 875,50 euros correspondientes a dos saldos deudores con Santander Consumer.
Cada parte abonará sus costas.".
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y
Examinado el escrito de recurso de apelación, en él se advierte la presencia de tres motivos, que pasamos seguidamente a examinar. Mediante el primero de ellos, el apelante sostiene que determinadas deudas incluidas en el pasivo ganancial deben ser excluidas, por ser deudas ya tenidas en cuenta y descontadas en la contabilidad de la sociedad "...
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