SAP Albacete 184/2001, 20 de Noviembre de 2001
Ponente | FRANCISCO ESPINOSA SERRANO |
ECLI | ES:APAB:2001:886 |
Número de Recurso | 171/2001 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 184/2001 |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª |
SENTENCIA NUM. 184
EN NOMBRE DE S.M.EL REY
Ilmos Sres.
Presidente
Don Eduardo Salinas Verdeguer
Magistrados
D. Francisco Espinosa Serrano
D. José García Bleda
En Albacete a veinte de noviembre de dos mil uno.
VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos n° 202-00 de juicio de cognición, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia numero 2 de Almansa y promovidos por Adolfo , Jose Carlos , Gabino , Diana , Estíbaliz y Arturo , contra Jose Augusto y Maribel ; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 20 de abril de 2001, por el Sr. Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpusieron los demandantes, representados por medio de la Procurador Sra. Medina Vallés, bajo la dirección del Letrado Sr. Sánchez Barberán, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, habiéndose presentado escrito de oposición al recurso de apelación por la parte demandada, representada por la Procurador Sra Horcas Rodríguez, bajo la dirección del Letrado Sr. Navarro García. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 5 de noviembre de 2001.
ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y
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- Por el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: > FALLO: Que estimando la excepción de prescripción opuesta por la parte demandada, DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales, Sra. Medina Valles, en nombre y representación de DON Adolfo , DOÑA Jose Carlos , DON Gabino , DOÑA Diana , DOÑA Estíbaliz Y DOÑA Arturo , contra DON Jose Augusto Y DOÑA Maribel , sobre reclamación de cantidad por importe de 393.565pesetas, absolviendo a los referidos demandados de todos los pedimentos de la misma, todo ello con expresa imposición de costas a la parte actora."
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- En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente el Ilmo.. Sr. Magistrado Don Francisco Espinosa Serrano.
De entrada se hace preciso, vistos los términos de la apelación, pronunciarse sobre si la estimación de la prescripción de la acción ejercitada en la demanda, hecha en la sentencia de instancia, es o no ajustada a derecho. Y la respuesta, tras el análisis de lo actuado, es afirmativa. En efecto, abundando en lo dicho por la Juez a quo, resulta que la acción de mérito, nacida en 20 Agosto 1.999, se interrumpió el día 23 siguiente al interponerse...
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