SAP Barcelona 724/2004, 19 de Octubre de 2004
Ponente | JOSE ANTONIO BALLESTER LLOPIS |
ECLI | ES:APB:2004:12405 |
Número de Recurso | 247/2004 |
Número de Resolución | 724/2004 |
Fecha de Resolución | 19 de Octubre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
SENTENCIA N ú m. 724
Ilmos. Sres.
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JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ
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FRANCISCO HERRANDO MILLÁN
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JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de octubre de dos mil cuatro.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía nº 133/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de los de Rubí , a instancia de TRANSPORTES ÁNGEL VELASCO S.L., AXA AURORA IBÉRICA S.A. DE SEGUROS y SABADELL ASEGURADORA S.A., contra UAP IBÉRICA COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES Y REASEGUROS (actualmente AXA AURORA IBÉRICA S.A. DE SEGUROS), CALDERERÍA RUBÍ SUD S.L., D. Luis María y TRANSPORTES ÁNGEL VELASCO; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora SABADELL ASEGURADORA S.A. y por la parte co- demandada CALDERERÍA RUBÍ SUD S.L. y DON Luis María contra la Sentencia dictada en los mismos el día 7 de Junio de 2.003, por la Sra. Magistrada Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora DOÑA CONCHA MENDILUCE ALSINA, en nombre y representación de TRANSPORTES ÁNGEL VELASCO, S.L. y condeno solidariamente a DON Luis María, CALDERERÍA RUBISUD, S.L. y AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, a que paguen a la referida demandante la cantidad de
56.237'52 euros. AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS deberá abonar, además, el interés correspondiente desde la fecha del siniestro conforme a lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro .En cuanto a las costas ocasionadas por la demanda interpuesta por TRANSPORTES ÁNGEL VELASCO, S.L., cada parte deberá abonar las ocasionadas a su instancia y las comunes por mitad.
Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador DON VICENTE RUIZ AMAT, en nombre y representación de AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, contra TRANSPORTES ÁNGEL VELASCO, S.L., absolviendo a dicha entidad de la pretensión deducida contra ella.
Las costas ocasionadas por la demanda interpuesta por AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS deberán ser satisfechas por la misma.
Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por la procuradora DOÑA MARÍA DEL PILAR MAMPEL TUSELL, en nombre y representación de SABADELL ASSEGURADORA, COMPANYIA D'ASSEGURANCES i REASSEGURANCES, S.A., condenando a DON Luis María, CALDERERÍA RUBISUD, S.L. y AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, solidariamente a que paguen a dicha demandante la cantidad de 556.872 euros, con el límite, respecto de AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS, de 326.541'90 euros, en los términos señalados en el fundamento de derecho octavo de este resolución.
Las costas ocasionadas por la demanda interpuesta por SABADELL ASSEGURADORA, COMPANYIA D'ASSEGURANCES i REASSEGURANCES, S.A. deberán ser satisfechas por los demandados DON Luis María, CALDERERÍA RUBISUD, S.L. y AXA AURORA IBÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora SABADELL ASEGURADORA S.A. y la parte co-demandada CALDERERÍA RUBÍ SUD S.L. y DON Luis María mediante sus escritos motivados, dándose traslado a la contraria que lo impugnaron en tiempo y forma mediante los oportunos escritos de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 14 de Octubre de 2004.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS.
Por la resolución de primer grado se condena a DON Luis María y "CALDERERÍA RUBISUD S.L." y también a la aseguradora "AXA AURORA IBÉRICA SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS", a ésta hasta la suma asegurada a que indemnicen a "TRANSPORTES ÁNGEL VELASCO S.L." y "SABADELL ASSEGURADORA COMPANYIA D'ASSEGURANCES i REASSEGURANCES S.A." por los daños producidos por el incendio que tuvo lugar el 6 de Mayo de 1.999 en las naves industriales de la Calle Domenech i Mutnaner nº 10 y 11 de Rubí y que fue provocado por el Sr. Luis María de "calderería" mientras en el altillo cortaba planchas metálicas con una sierra radial desprendiendo...
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