SAP Murcia 344/2008, 15 de Septiembre de 2008

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2008:1195
Número de Recurso273/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución344/2008
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA: 00344/2008

Rollo núm. 273/08

Apelación Civil.

En la Ciudad de Murcia quince de septiembre de dos mil ocho.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Murcia, con el núm. 484/07, entre las partes: como actor en primera instancia y apelado en esta alzada, D. Inocencio , en ambas instancias representado por la Procuradora Dña. Gemma Pérez Haya, siendo defendido en ambas instancias por el Letrado D. Francisco Valdés Albistur; y como demandada en primera instancia y apelante en esta alzada, Dña. Flora , en ambas instancias representada por el Procurador D. José Luis Martínez García, siendo defendido por el Letrado D. Carlos Moral Servet.

Ha sido Ponente de esta Sentencia, el Ilmo. Sr. Magistrado, D. JUAN MARTÍNEZ PÉREZ, que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que el Juzgado de instancia citado, con fecha 27 de Noviembre de 2007 , dictó en los autos principales de los que dimana el presente Rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Don Inocencio contra doña Flora debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario de la demandada de la finca que ocupa sita en la calle DIRECCION000 , Edificio DIRECCION001 , escalera NUM000 , DIRECCION002 , de Santomera (Murcia), apercibiéndola de que si no la desaloja dentro del término legal será lanzada de ella y a su costa, con expresa imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Que contra la anterior sentencia y en tiempo y forma se interpuso recurso de apelación por el Procurador D. José Luis Martínez García en representación de la parte demandada, Dña. Flora , siéndole admitido, presentando la Procuradora Dña. Gemma Pérez Haya, en representación de la parte actora, D. Inocencio , escrito de oposición al recurso formulado de contrario, siendo emplazadas las partes y remitidos los autos a esta Audiencia, formándose el presente rollo nº 273/08 , designándose Magistrado Ponente por turno, personándose la parte demandada ahora apelante en esta alzada y señalándose Deliberación y Votación para el día 9 de Septiembre de 2008.

TERCERO

Que en la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto en nombre de D.ª Flora se pretende que se revoque la sentencia de instancia, dictándose en su lugar otra por la que se desestime la demanda, en la que se ejercita la acción de desahucio por precario. Se alega como fundamento, en síntesis, inadecuación del procedimiento, pues se indica que está acreditado que desde una cuenta de su titularidad se han estado abonando las cuotas del préstamo hipotecario que grava la vivienda, por lo que no concurren los requisitos de la gratuidad o utilización graciosa que definen el precario; que debe presumirse que la recurrente era la propietaria del dinero ingresado en la cuenta al ser la titular única y exclusiva, apareciendo el actor simplemente como autorizado; que los documentos números 2 a 16, aportados en el acto de la vistas, acreditan la condición en que la recurrente habita la vivienda litigiosa, no pudiendo encuadrarse en la situación de precario; que los pagos efectuados por la recurrente son incompatibles con la figura jurídica de precario; se alega error en la valoración de la prueba, pues se indica que no se ha desvirtuado que la recurrente sea la titular del dinero ingresado en la cuenta, en la que se cargaron la cuotas del préstamo hipotecarios, ya que no se ha aportado el informe de la vida laboral de la recurrente ni aportado documental que acredite que el dinero lo ingresaba el actor, D. Inocencio ; que no se ha desvirtuado lo reflejado en el documento número seis; se refieren los seguros de hogar concertados y los pagos efectuado por estos conceptos, la compra de mobiliario y el pago del IBI correspondiente al ejercicio 2002.

La sentencia de instancia estima la acción de desahucio por precario formulado respecto de una vivienda, sita en C/. DIRECCION000 , Santomera, (Murcia), con base en que la inadecuación del procedimiento invocada es una cuestión de fondo y en que no existe complejidad de relaciones económicas ni jurídicas; en que el demandante...

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