SAP Madrid 155/2005, 12 de Mayo de 2005

PonenteJUAN JOSE LOPEZ ORTEGA
ECLIES:APM:2005:5496
Número de Recurso86/2005
Número de Resolución155/2005
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

JUAN JOSE LOPEZ ORTEGA

Juicio de Faltas nº 160/2004

Juzgado de Instrucción nº 1 San Lorenzo del Escorial

Rollo de Sala nº 86/2005

JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, EN NOMBRE DE

S.M. EL REY, la siguiente

S E N T E N C I A Nº 155/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Ilmo. Sr. De la Sección 4ª

D. JUAN JOSÉ LÓPEZ ORTEGA

En Madrid, a doce de mayo de dos mil cinco.

VISTO en segunda instancia por el Ilmo. Sr. Magistrado al margen referenciado, actuando como Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto en el art. 82, nº 2, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el recurso de apelación contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2004, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial, en el Juicio de Faltas nº 160/2004. Habiendo sido partes: de un lado, como apelante, María; y de otro como apelados, el Ministerio Fiscal y D. Juan María.

  1. ANTECEDENTES DE DERECHO

PRIMERO

Por escrito de 12 de noviembre de 2004, doña María ha formulado recurso de apelación contra la sentencia de 25 de octubre de 2004 del Juzgado de Instrucción nº 1 de San Lorenzo de El Escorial.

La resolución impugnada condena a la denunciada doña Constanza como responsable de la comisión de la falta de infracción del régimen de custodia del hijo menor (art. 622 CP) a la pena de un mes de multa a razón de una cuota diaria de seis euros.

En la resolución impugnada se establece la siguiente relación de hechos probados:

"HECHOS PROBADOS: Que las partes de este pleito son padres de un niño de tres años y se encuentran en trámites de separación. Que por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Lorenzo de El Escorial se dictó un auto de Medidas Provisionales en el que se fijaba un régimen de visitas a favor del padre y denunciante en esta causa que le permitía estar en compañía de su hijo los sábados y domingos alternos desde las 17:00 horas hasta las 20:00 horas, debiendo producirse dichas visitas, en el punto de encuentro, sito en la calle Lonja nº 9, 1º de las Rozas, Madrid. Que el día 10 y 11 de julio de 2004 le correspondía al padre estar con el menor, pero la madre y denunciada en esta causa no llevo a su hijo al citado punto de encuentro".

La recurrente pretende la revocación de la sentencia del Juzgado de Instrucción y su absolución.

SEGUNDO

El recurso de apelación ha sido impugnado por el denunciante y por el Ministerio...

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