SAP Córdoba 201/2007, 26 de Octubre de 2007
Ponente | FELIPE LUIS MORENO GOMEZ |
ECLI | ES:APCO:2007:1554 |
Número de Recurso | 250/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 201/2007 |
Fecha de Resolución | 26 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL CÓRDOBA
SECCION Nº 3
S E N T E N C I A Nº 201/07
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.FRANCISCO SÁNCHEZ ZAMORANO
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. FELIPE MORENO GÓMEZ
D. PEDRO VELA TORRES
JUZGADO DE ORIGEN: JUZGADO MIXTO Nº2 DE PUENTE GENIL
ROLLO DE APELACIÓN Nº 250/2007
JUICIO Nº 213/2007
En la Ciudad de CORDOBA a veintiséis de octubre de dos mil siete.
La SECCION Nº 3 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE CORDOBA, ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de J. ORDINARIO Nº 213/2007 seguidos en el JUZGADO MIXTO Nº 2 DE PUENTE GENIL entre el demandante Mariano representado por el Procurador Sr. CABAÑAS GALLEGO y defendido por el Letrado Sr. GUTIERREZ LABRADOR y la demandada SOCIEDAD DE CAZADORES DE PUENTE GENIL representado por el Procurador Sr DE MIGUEL VARGAS y defendido por el Letrado Sr. MANCHEÑO LUNA, pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandada contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso el Magistrado ILTMO. SR. D. FELIPE MORENO GÓMEZ.
Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,
Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez del JUZGADO MIXTO Nº 2 DE PUENTE GENIL cuyo fallo es como sigue: DEBO ESTIMAR Y ESTIMO ÍNTEGRAMENTE LA DEMANDA interpuesta por Mariano contra LA SOCIEDAD DE CAZADORES DE PUENTE GENIL, referida en el encabezamiento de esta resolución, y, en su consecuencia, condeno a la entidad demandada a abonar al actor la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (3.797,70 euros), más los intereses recogidos en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.- Las costas procésales son impuestas a la parte actora.".
Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de SOCIEDAD DE CAZADORES DE PUENTE GENIL que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal previo emplazamiento de las partes y dándose traslado de los mismo al Magistrado Ponente para que dictara la resolución procedente.
Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.
Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia apelada.
En el presente recurso de apelación viene esencialmente a plantearse la existencia de...
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