SAP La Rioja 448/2002, 11 de Noviembre de 2002

PonenteALFONSO SANTISTEBAN RUIZ
ECLIES:APLO:2002:750
Número de Recurso566/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución448/2002
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 448 DE 2002

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio DE Menor Cuantía nº 147/00, rollo de apelación nº 566/01, contra la sentencia de fecha 31 de Julio de 2001, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Haro, recurrida por DOÑA Yolanda , representada por la procuradora Sra. López Tarazona y asistida por el letrado Sr. Maisonave; siendo apelados DON Romeo Y Erica representados ambos por el procurador Sr. Ojeda Verde y asistidos por el letrado Sr. Villanueva Barrios; recurso en el que ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Alfonso Santisteban Ruiz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, con fecha 31 de Julio de 2001, se dictó sentencia en cuyo fallo se recogía: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. López Tarazona en nombre y representación de Doña Yolanda , contra D. Romeo por falta de legitimación pasiva, y contra Doña Erica por no resultar su comportamiento respecto al accidente acreditado, susceptible de calificarse como negligente o culpable a efectos de responsabilidad civil extracontractual, DEBO DECLARAR Y DECLARO a la parte demandada absuelta de los pedimentos de la parte actora, con expresa condena en costas a la parte demandante."

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandante, se presentó escrito solicitando se tuviese por preparado en tiempo y forma la apelación, que fue admitida, con traslado por 20 días a la parte recurrente para que interpusiese ante el Juzgado el recurso de apelación. Interpuesto éste, se dio traslado a las demás partes para que en 10 días presentasen escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada, en lo que le resultase desfavorable.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal y solicitada prueba por la parte apelante, se acordó su práctica, señalándose para la celebración de la vista el día 26 de septiembre de 2002, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Que por el Juez de Instancia se dicto sentencia en cuyo fallo se recogía: "Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora Sra. López Tarazona en nombre y representación de Doña Yolanda , contra D. Romeo por falta de legitimación pasiva, y contra Doña Erica por no resultar su comportamiento respecto al accidente acreditado, susceptible de calificarse como negligente o culpable a efectos de responsabilidad civil extracontractual, DEBO DECLARAR Y DECLARO a la partedemandada absuelta de los pedimentos de la parte actora, con expresa condena en costas a la parte demandante."

Por la procuradora Doña Marina López Tarazona, en representación de Doña Yolanda , se interpuso recurso de apelación contra dicha resolución, solicitando que con revocación de la misma, se diese lugar a la integra estimación de la demanda con imposición de costas causadas en primera instancia a la parte demandada.

En la demanda causa del procedimiento se había solicitado que se condenase al demandado Don Romeo ("Panadería DIRECCION000 ") a abonar a la actora Doña Yolanda , la cantidad de 4.957.015 pesetas, mas intereses legales desde la fecha de interpelación judicial, y lo que correspondiese conforme al articulo 921 de la LEC, así como al pago de las costas conforme a los hechos y fundamentos de derecho que se exponían en escrito de demanda, como consecuencia de la aplicación del articulo 1902 del Código Civil regulador de la culpa extracontractual (folios 1 y 2).

Posteriormente, y contestada la demanda por Don Romeo , efectuó la comparecencia, a que se refieren los artículos 691 y ss de la LEC, por la actora se solicito que se trasladase la demanda a Doña Erica

, a quien por el demandado compareciente se atribuía la titularidad del...

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