SAP Zaragoza 268/2007, 11 de Mayo de 2007

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2007:939
Número de Recurso129/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución268/2007
Fecha de Resolución11 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00268/2007

SENTENCIA núm. 268/2007

ILMOS. Señores:

Presidente:

D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA

Magistrados:

D. JAVIER SEOANE PRADO

D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER

En ZARAGOZA, a once de Mayo de dos mil siete.

En nombre de S.M. el Rey,

VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de JUICIO VERBAL 0000435 /2006, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de TARAZONA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 0000129 /2007, en los que aparece como parte apelada-demandante D. Pedro Miguel representado en 1ª Instancia por la Procuradora Dª María del Mar Arrendó Moncayo y en esta apelación por la procuradora Dª. MARIA DEL CARMEN IBAÑEZ GOMEZ, y asistido por el Letrado D. ALBERTO GOMEZ ESTAUN; y aparece como parte apelantes-demandados D. Juan Ignacio y Dª María Antonieta representados en 1ª Instancia por el Procurador D. Benjamín Molnos Laita y en esta instancia por la procuradora Dª. ANA MARIA SANZ FOIX, y asistidos por el Letrado D. SERGIO PEREZ PUEYO; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER SEOANE PRADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 11 de diciembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Arnedo, en nombre y representación de DON Pedro Miguel, contra DON Juan Ignacio Y DOÑA María Antonieta debo condenar y condeno a los demandados a :A) Cubrir y reponer a su estado original la canalización de aguas pluviales de la casa del actor y empotrarla en la pared de separación de ambas vivienda, reparando los daños ocasionados en dicha pared en la cara de ésta que da a la calle Solana y, B) reparar los daños existentes en la citada pared en la cara de ésta que da al patio y escalera de la casa del actor. Dichas obras no podrán superar el límite cuantitativo reseñado por el Perito en su informe Pericial. Cada parte abonará las costas causadas a su instancia, satisfaciendo las comunes por mitad"..

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de D. Juan Ignacio y Dª María Antonieta se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso, ; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado, y no siendo necesaria la celebración de vista, se señaló deliberación, votación y fallo el día 30 de abril de 2007. y habiéndose solicitado prueba, y una vez practicada con el resultado que obra en el rollo, se señaló para la VISTA el día **. Celebrada, las partes informaron en apoyo de sus respectivas pretensiones, según acta levantada al efecto y que obra en el presente rollo

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales.

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