SAP Navarra 51/2007, 11 de Junio de 2007

PonenteJUAN JOSE GARCIA PEREZ
ECLIES:APNA:2007:332
Número de Recurso81/2007
Número de Resolución51/2007
Fecha de Resolución11 de Junio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 3ª

S E N T E N C I A Nº 51/2007

Ilmo. Sr. Presidente:

D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. AURELIO VILA DUPLÁ

D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA

En Pamplona, a 11 de junio de 2007.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 81/2007, derivado de los autos de Juicio Verbal L. E.C. 2000 nº 760/2006, del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Estella; siendo parte apelante, ASOCIACION DE CAZADORES PEÑA GALLET, representada por la Procuradora Dª Ana Echarte Vidal y asistida por la Letrada Dª. Mª Luisa Orayen Insausi; parte apelada, D. Benito, representado por la Procuradora Dª. ana Marco Urquijo y asistido por el Letrado D. Fernando Arbe Herrero.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente de esta Sección, D. JUAN JOSÉ GARCÍA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha 18 de diciembre de 2006, el referido Juzgado dictó sentencia en el expresado procedimiento cuyo fallo literalmente dice:

"QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE, la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales ELENA ATONDO en nombre y representación de Benito, contra la ASOCIACIÓN DE CAZADORES PEÑA GALLET y ALLIANZ CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS, representados por el Procurador de los Tribunales PEDRO BARNÓ, condenando a los codemandados solidariamente al pago de 1.275 euros, imponiéndole a la aseguradora los intereses del art. 20 LCS desde el 6 de febrero de 2.006, procediendo respecto a la otra codemandada los intereses legales.

Cada parte abonará sus costas y las comunes por mitad.

Notifíquese y adviértase que contra esta resolución cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de CINCO DÍAS.

Así por ésta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo."

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de ASOCIACION DE CAZADORES PEÑA GALLET.

CUARTO

En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte apelada, D. Benito, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando su desestimación, interesando la confirmación de la sentencia de instancia.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a la esta Sección Tercera, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil nº 81/2007, señalándose el día 31 de mayo de 2.007 para su deliberación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de D. Benito interpuso demanda de juicio verbal frente a la asociación de cazadores Peña Gallety, frente a su aseguradora Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A, en reclamación de 1450 euros, importe en que se valoró su perro, de raza "Sabueso suizo de Verna, que tras su desaparición, apareció muerto, enredado en las cuerda de una palomera, situada en el paraje denominado "El aserradero", que está dentro del perímetro del coto de caza del cual es titular la referida asociación.´

La sentencia estima la demanda por entender que, dado que el perro apareció muerto enredado en las cuerdas de la palomeras, dentro del coto de caza de la referida asociación, y que aquellas se debieron de recoger, ante la falta de acreditación de que aquel haya muerto por causas extrañas a las cuerdas, cuya prueba corresponde a estas (art. 217 LEC ), declara la responsabilidad de las demandadas, y les condena a indemnizar al actor en la cantidad de 1.275...

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