SAP A Coruña 96/2008, 22 de Febrero de 2008

PonenteCARLOS FUENTES CANDELAS
ECLIES:APC:2008:209
Número de Recurso36/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución96/2008
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

LA CORUÑA/A CORUÑA

SENTENCIA: 00096/2008

BETANZOS Nº 1

Rollo: RECURSO DE APELACION 0000036 /2008

SENTENCIA

Nº 96/08

AUDIENCIA PROVINCIAL

Sección Cuarta

Ilmos. Sres. Magistrados:

JOSÉ LUIS SEOANE SPIEGELBERG

CARLOS FUENTES CANDELAS

JOSÉ MANUEL BUSTO LAGO

En LA CORUÑA/A CORUÑA, a veintidos de Febrero de dos mil ocho.

Vistos por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial, integrada por los señores que al margen se relacionan los presentes autos de juicio ORDINARIO Nº 242/06, sustanciado en el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE BETANZOS que ante la Audiencia Provincial pendían en grado de apelación, seguidos entre partes de una como DEMANDANTE Y APELANTE DON Darío, representado en primera instancia por el Procurador López Sánchez y con la dirección del Letrado Sr. Aguiar Boudin y representado en esta instancia por la Procuradora Sra. Aguiar Boudín y de otra como DEMANDADA Y APELADA CONSTRUCCIONES ECOLOGICAS GALLEGAS, S.L., representada en primera instancia por el Procurador Sr. Picatoste Leis y con la dirección del Letrado Sr. Bello Vázquez y representado en esta instancia por el Procurador Sr. López Valcarcel; versando los autos sobre RECLAMACION DE CANTIDAD POR DAÑOS.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan y dan por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada, dictada por el JUZGADO DE 1ª INSTANCIA Nº 1 DE BETANZOS, con fecha 8-10-07. Su parte dispositiva literalmente dice: FALLO: "DESESTIMO la demanda formulada por la representación de Darío, asistido por el Letrado SR. AGUIAR BOUDIN y representado por el Procurador Sr. López Sánchez, contra el demandado CONSTRUCCIONES ECOLÓGICAS GALLEGAS, S.L., representado por el Procurador SR. PICTOSTE LOIS y defendido por el Letrado SR. BELLO VAZQUEZ.

Todo ello sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes".

SEGUNDO

Contra la referida resolución por EL DEMNDANTE, se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial que le fue admitido, elevándose los autos a este Tribunal, pasando los autos a ponencia para resolución.

TERCERO

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON CARLOS FUENTES CANDELAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

- Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada:

PRIMERO

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Betanzos desestimó razonadamente la demanda indemnizatoria por los daños sufridos en el vehículo propiedad del demandante a consecuencia de las salpicaduras de espuma de poliuretano procedentes de una obra, por no apreciar responsabilidad en la promotora demandada que se habría limitado a contratar esos trabajos en la fachada del edificio a una empresa especializada y autónoma. Revisado nuevamente el caso en esta segunda instancia, el Tribunal no aprecia motivos bastantes para considerar errónea la valoración y conclusión sentenciadas.

SEGUNDO

En el...

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