SAP Barcelona 154/2008, 17 de Marzo de 2008

PonenteAMELIA MATEO MARCO
ECLIES:APB:2008:3563
Número de Recurso872/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución154/2008
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 17ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimoséptima

ROLLO Nº 872/2007

PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 605/2006

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 4 GAVÀ

S E N T E N C I A Nº 154/08

Ilmos. Sres.

D. JOSE FRANCISCO VALLS GOMBAU

Dª. AMELIA MATEO MARCO

Dª. MARIA DOLORS MONTOLIO SERRA

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de marzo de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoséptima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento ordinario, número 605/2006 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 4 Gavà, a instancia de D. Benito, Dª. Estefanía, contra SOGAMOSO S.L., que gira comercialmente como DISENY ESTUDI INTEGRAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por contra la Sentencia dictada en los mismos el día 8 de junio de 2007, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Dª. Natividad Pérez García, en nombre y representación d# e dª Estefanía y D. Benito, contra la entidad SOGAMOSO,SL., DEBO CONDENAR Y CONDENO A ésta a indemnizar a la actora en la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES EUROS (233 EUROS), así como al pago de los intereses de dicha cantidad, desde la interpelación interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementando en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Todo ello sin imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 6 de marzo de 2008.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. AMELIA MATEO MARCO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan en lo sustancial los de la resolución apelada.

PRIMERO

Los hoy apelantes reclamaron de la demandada los daños y perjuicios derivados de la defectuosa colocación del parquet llevada a cabo por esta última en su vivienda, los cuales concretaron en el importe correspondiente a arrancar la totalidad de la tarima y zócalos instalados, con su traslado a vertedero, nivelación del suelo y colocación de un nuevo parquet.

La sentencia de primera instancia estimó parcialmente la demanda, limitando la condena de la demandada al importe correspondiente a cambiar dos metros cuadrados de tarima, y 2 metros lineales de zócalo, con base en que el dictamen pericial aportado por aquélla, según el cual sólo 1 metro cuadrado de parquet podía considerarse mal instalado.

Contra dicha sentencia se alzan los demandantes alegando que no hacía falta que el dictamen pericial que ellos aportaron fuese ratificado, porque no había sido impugnado, y que se ha producido una valoración errónea de la prueba practicada en cuanto a los daños ya que tanto la crepitación del parquet como el desnivel del...

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