SAP Ciudad Real 288/2001, 12 de Diciembre de 2001

PonenteCARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO
ECLIES:APCR:2001:1704
Número de Recurso217/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución288/2001
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA n°.288/2.001.

Ciudad-Real, a doce de Diciembre de dos mil uno.

Vistos, ante la Sala Segunda de lo Civil de esta Audiencia Provincial, en apelación admitida a la

parte demandada, en los autos de Juicio de Cognición, contra la Sentencia, seguidos en el Juzgado

de Primera Instancia número uno de Valdepeñas, a instancias de D. Bartolomé y

Dª. Verónica , como apelados, representados en esta alzada por el Procurador

D. Rafael Alba López y dirigidos por la Letrado Dª. Josefa López Fernández, contra la "Comunidad

de Propietarios del Edificio sito en C/. DIRECCION000 , NUM000 de Valdepeñas", como apelante, representada

por el Procurador D. Rafael Alba López y dirigida por el Letrado D. Juan Rosillo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez de Primera Instancia número uno de Valdepeñas, se dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Francisco Delgado Merlo, en nombre y representación de D. Bartolomé y Dña. Verónica , contra la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la DIRECCION000 , n°. NUM000 , representada por su Presidente, debo declarar y declaro haber lugar al pago de la cantidad de 326.650 pesetas por las reparaciones efectuadas en el tejado del inmueble, debiendo participar la totalidad de los integrantes de al referida Comunidad de Propietarios en tales gastos en proporción a las cuotas de participación en dicha Comunidad, y en consecuencia, también la participación de los actores, devengando respecto de los propietarios no demandantes el interés legales desde la fecha de interposición de la demanda, 21 de noviembre de 2.000, hasta su completo pago, condenando a la Comunidad de Propietarios del edificio sito en la DIRECCION000 n° NUM000 a estar y pasar por la anterior declaración con expresa imposición de costas".

SEGUNDO

La relacionada sentencia que lleva fecha 24 de Mayo de 2.001, se recurrió en apelación por la parte demandada, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia, señalándose para el acto de la votación y Fallo el DIA ONCE DE DICIEMBRE DE 2.001.

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones y requisitos legales.

VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra. Carmen Pilar Catalán Martín de Bernardo.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Ante la Sentencia dictada en la primera instancia, por la representación de la Comunidad "de Propietarios del edificio sito en Valdepeñas, C/ DIRECCION000 NUM000 se interpone recurso de apelación, alegando como motivo del mismo la infracción del art 14 c) de la L. Propiedad Horizontal, ya que el debate no debe centrarse tan solo en el hecho de si los demandantes se limitaron a realizar las obras necesarias para reparar el tejado o si se trata de una mejora no justificada, tal y como se establece en la sentencia recurrida, sino, que el debate debe ampliarse a si las obras y su presupuesto fueron aprobados por la Junta de Propietarios, extremo éste que no ha quedado acreditado, y en base a lo cual se solicita la revocación de la sentencia y la absolución de la Comunidad. Por la representación de D. Bartolomé...

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