SAP Valladolid 69/2008, 8 de Mayo de 2008
Ponente | JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN |
ECLI | ES:APVA:2008:274 |
Número de Recurso | 13/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 69/2008 |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 69
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN
Ilmos. Sres. Magistrados:
D.JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL
D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN
En VALLADOLID, a ocho de Mayo de dos mil ocho.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL nº 764/07 del Juzgado de 1ª Instancia Nº DOS DE VALLADOLID, seguido entre partes, de una como DEMANDANTES- APELADOS, D. Donato , y Dª María Inmaculada , ambos mayores de edad y con domicilio en Arroyo de la Encomienda (Valladolid), representados por la Procuradora Dª PILAR MANZANO SALCEDO y defendidos por el Letrado D. JESÚS RODRIGUEZ MERINO, y como DEMANDADA-APELANTE, la Sociedad "MAHIA GRUPO INMOBILIARIO S.L.", con domicilio social en Arroyo de la Encomienda (Valladolid), representa por la Procuradora Dª ANA ISABEL ESCUDERO ESTEBAN y defendida por el Letrado D. ROBERTO VICENTE RUIZ; sobre reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 9-10-07, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: Estimo integramente la demanda presentada por D. Donato y Dª María Inmaculada contra Mahía Grupo Inmobiliario S.L., y, en consecuencia, condeno a la demandada a pagar a los demandantes la cantidad de 1.055,88 euros, mas los intereses legales desde la fecha de celebración del acto de conciliación (15/2/2007), y las costas procesalescausadas".
Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la parte demandada, MAHIA GRUPO INMOBILIARIO S.L. se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7-05-08, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el ILMO. SR. D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN.
Estimando la demanda promovida por D. Donato y Dª María Inmaculada , sobre reclamación de daños y perjuicios por consecuencia del retraso sufrido en la entrega final de la vivienda que la demandada construyera, por su encargo, documento privado de fecha de 23-5-01, la Sentencia condena a referida demandada al pago de la cantidad de 1.055 ,88 €, correspondientes al daño moral apreciado y perjuicios estimados por el transporte del demandante a su centro de trabajo, hasta que pudo disponer de la vivienda adquirida, sita en la localidad de Arroyo de la Encomienda, donde se encuentra también...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba