SAP Valladolid 69/2008, 8 de Mayo de 2008

PonenteJOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN
ECLIES:APVA:2008:274
Número de Recurso13/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución69/2008
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 69

ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID

SECCION PRIMERA

Ilmo. Sr. Presidente: D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

Ilmos. Sres. Magistrados:

D.JOSE RAMON ALONSO MAÑERO PARDAL

D.JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN

En VALLADOLID, a ocho de Mayo de dos mil ocho.

VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL nº 764/07 del Juzgado de 1ª Instancia Nº DOS DE VALLADOLID, seguido entre partes, de una como DEMANDANTES- APELADOS, D. Donato , y Dª María Inmaculada , ambos mayores de edad y con domicilio en Arroyo de la Encomienda (Valladolid), representados por la Procuradora Dª PILAR MANZANO SALCEDO y defendidos por el Letrado D. JESÚS RODRIGUEZ MERINO, y como DEMANDADA-APELANTE, la Sociedad "MAHIA GRUPO INMOBILIARIO S.L.", con domicilio social en Arroyo de la Encomienda (Valladolid), representa por la Procuradora Dª ANA ISABEL ESCUDERO ESTEBAN y defendida por el Letrado D. ROBERTO VICENTE RUIZ; sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 9-10-07, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: Estimo integramente la demanda presentada por D. Donato y Dª María Inmaculada contra Mahía Grupo Inmobiliario S.L., y, en consecuencia, condeno a la demandada a pagar a los demandantes la cantidad de 1.055,88 euros, mas los intereses legales desde la fecha de celebración del acto de conciliación (15/2/2007), y las costas procesalescausadas".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la representación de la parte demandada, MAHIA GRUPO INMOBILIARIO S.L. se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal y personadas las partes, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 7-05-08, en que ha tenido lugar lo acordado.

Vistos, siendo ponente el ILMO. SR. D. JOSE ANTONIO SAN MILLÁN MARTIN.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Estimando la demanda promovida por D. Donato y Dª María Inmaculada , sobre reclamación de daños y perjuicios por consecuencia del retraso sufrido en la entrega final de la vivienda que la demandada construyera, por su encargo, documento privado de fecha de 23-5-01, la Sentencia condena a referida demandada al pago de la cantidad de 1.055 ,88 €, correspondientes al daño moral apreciado y perjuicios estimados por el transporte del demandante a su centro de trabajo, hasta que pudo disponer de la vivienda adquirida, sita en la localidad de Arroyo de la Encomienda, donde se encuentra también...

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