SAP Ciudad Real 111/2008, 15 de Mayo de 2008

PonenteMONICA CESPEDES CANO
ECLIES:APCR:2008:233
Número de Recurso359/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución111/2008
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

SENTENCIA: 00111/2008 APELACION CIVIL

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEGUNDA

CIUDAD-REAL.

RECURSO DE APELACION (LECN) 0000359 /2007 (F)

Autos: juicio verbal 30/07.

Juzgado: Primera Instancia num. 3 de Puertollano.

Iltmo/s. Sr/es.

Presidente: CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO.

Magistrado/s:

IGNACIO ESCRIBANO COBO

FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA

MONICA CESPEDES CANO

SENTENCIA nº: 111/2008

En CIUDAD REAL, a quince de Mayo de dos mil ocho. VISTOS en grado de apelación ante esta Sección 002 de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de JUICIO

VERBAL 0000030 /2007, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de PUERTOLLANO, a los que ha correspondido el

Rollo 0000359 /2007, en los que aparece como parte apelante Bartolomé representado por elProcurador FERNANDO FERNANDEZ MENOR, y asistido por el Letrado FRANCISCO PABLO GARCIA MINGUILLAN POSADA,

y como apelado EYSA ESTACIONAMIENTO Y SERVICIO S.A. representado por el Procurador JUAN VILLALON CABALLERO,

y asistido por el Letrado FRANCISCO BAENA ANGULO, y siendo Magistrado/s Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dª

MONICA CESPEDES CANO. ANTECEDENTES DE HECHO:

PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.3 de PUERTOLLANO, por el mismo se dictó sentencia con fecha 15 de mayo de dos mil siete , cuya parte dispositiva dice: "Que debo desestimar y desestimo la demanda de juicio verbal en ejercicio de una acción de Reclamación de Cantidad, interpuesta por el procurador de los Tribunales D. Alberto Rodrigo González, en nombre y representación de la entidad mercantil "Eysa Estacionamiento y Servicio, S.A: y por ende debe ser absuelta la misma de todos los pedimentos formulados contra ella; con imposición de costas a la parte actora."

Notificada dicha resolución a las partes, por Bartolomé se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA 14 de mayo de 2008.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la sentencia dictada se alza la representación procesal de la parte actora que apoya su recurso en un único motivo, error de hecho en la valoración de la prueba, señalando, en síntesis, que de la testifical y documental practicada queda sobradamente acreditada la realidad del daño y que tal fue...

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