SAP Murcia 259/2003, 4 de Junio de 2003

PonenteCARLOS MORENO MILLAN
ECLIES:APMU:2003:1520
Número de Recurso371/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución259/2003
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 259/03

En la ciudad de Murcia, a cuatro de junio de dos mil tres.

Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Ilma. Audiencia Provincial los autos de Juicio Menor Cuantía nº 248/00 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado Civil de Mula entre las partes, como actora y ahora apelante D. Ángel Jesús y otros, representado por el Procurador Sr. Ortuño Muñoz y defendido por el Letrado Sr. Mazón Costa y como demandado y ahora apelados "Triturados Espín y Espín S.L." y "Pinar de Bullas S.L", representado por el Procurador Sr. Iborra Ibáñez y defendido por el Letrado Sr. Gómez Oliver. Siendo ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS MORENO MILLÁN que expresa la convicción del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de instancia citado, con fecha 27 de enero de 2002 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la Sentencia cuya parte dispositiva dice así; FALLO: "Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por el Procurador Sra. Ortuño Muñoz en nombre y representación de D. Ángel Jesús y Dª. María Rosa , Dª. Ariadna , Dª. Elisa y Dª. Julieta , contra Triturados Espín y Espín S.L. y El Pinar de Bullas S..L., y en consecuencia debo absolver y absuelvo a los demandados de las pretensiones deducidas en su contra, con expresa imposición de costas a la parte actora.".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia y en tiempo y forma interpuso recurso de apelación D. Ángel Jesús y otros, basado en error en la valoración de las pruebas.

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.

Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta conde se registraron con el núm. 371/02 de Rollo. En proveído el día 6 de mayo 2003 se acordó elseñalamiento de "vista" en estos autos, que tuvo lugar el día 3 de junio de 2003, en cuyo acto el Sr. Letrado de la parte recurrente interesó la revocación de la sentencia apelada y el Sr. Letrado de la parte apelada, su confirmación.

TERCERO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al contenido de la sentencia de instancia que desestima en su integridad la acción de culpa extracontractual ejercitada por el actor Don Ángel Jesús y otros al amparo de lo dispuesto en el artículo 1902 del Código Civil contra la entidad demandada "Triturados Espín y Espín S.L." y "el Pinar de Bullas S.L." en reclamación de los daños y perjuicios ocasionados en la finca de su propiedad por las emanaciones de polvo proveniente de dichas industrias, la citada parte actora, disconforme con el mencionado pronunciamiento judicial comparece en esta alzada interesando la revocación de dicha sentencia y el dictado de otra que acepte y acoja la pretensión objeto de la demanda, por entender que el Juez de instancia ha incurrido en error en la valoración de las pruebas.

SEGUNDO

Concretada en los indicados términos la cuestión impugnatoria suscitada en esta apelación, entiende este Tribunal, tras la revisión de todo lo actuado en los presentes autos, que no asiste razón a la parte recurrente en la pretensión que solicita por lo que procede, como seguidamente se argumentará, la total e íntegra confirmación de la sentencia apelada. Y ello se afirma así en esta alzada, porque la parte actora, hoy recurrente, no ha conseguido acreditar, conforme le incumbía, los requisitos necesarios e imprescindibles para la viabilidad y éxito de la acción...

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