SAP Barcelona 603/2008, 9 de Octubre de 2008

PonenteMARIA JOSE PEREZ TORMO
ECLIES:APB:2008:9661
Número de Recurso266/2008
Número de Resolución603/2008
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN DIECIOCHO

ROLLO Nº 266/2008

PROCEDIMIENTO INCAPACITACIÓN Nº 603/2006

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 1 DE ESPLUGUES DE LLOBREGAT

S E N T E N C I A Nº 603/2008

Ilmos. Sres.

Dª.ANA Mª GARCIA ESQUIUS

Dª.Mª JOSÉ PÉREZ TORMO

Dª.DOLORS VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a nueve de octubre de dos mil ocho.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciocho de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Incapacitación nº 603/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Esplugues de Llobregat, a instancia de Dª. Eugenia contra D. Santiago y el MINISTERIO FISCAL; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de Julio de 2007, por la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: DESESTIMO INTEGRAMENTE la demanda formulada por Dª. Eugenia, y en consecuencia no ha lugar a declarar persona incapacitada a D. Santiago, todo ello sin expresa imposición de las costas".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso, celebrandose la preceptiva vista pública el día 23 de Septiembre de 2008; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los Fundamentos de Derecho de la Sentencia apelada.

PRIMERO

Recurre Sra. Eugenia la sentencia de primera instancia que ha desestimado su demanda en la que solicitaba la declaración de incapacidad de su hijo Santiago, para regir su persona y bienes, al tiempo que solicitaba fuera prorrogada su patria potestad sobre el mismo. Solicita en su recurso que se declare tal incapacidad con los demás pedimentos indicados en su demanda. El Sr. Santiago y el Ministerio Fiscal se oponen al recurso y solicitan la confirmación de la resolución recurrida.

SEGUNDO

El art. 200 del Código Civil indica que "Son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma". El art. 200 del Código Civil exige expresamente que la naturaleza o la...

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