SAP Barcelona 721/2005, 10 de Noviembre de 2005
Ponente | ENRIQUE ALAVEDRA FARRANDO |
ECLI | ES:APB:2005:9348 |
Número de Recurso | 388/2005 |
Número de Resolución | 721/2005 |
Fecha de Resolución | 10 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE
BARCELONA
SECCION DECIMOCTAVA
ROLLO Nº 388/2005
INCAPACIDAD NÚM. 658/2004
JUZGADO de PRIMERA INSTANCIA 1 BADALONA (ANT.CI-1)
S E N T E N C I A Núm.721/05
Ilmos. Sres.
D. ENRIC ANGLADA FORS
Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO
D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a diez de noviembre de dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Incapacidad, número 658/2004 seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Badalona (ant.CI-1), a instancias del MINISTERIO FISCAL respecto de DOÑA María Consuelo ; los cuales penden ante esta superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 21 de enero de 2005, por el Juez del expresado Juzgado .
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal declaro a DÑA. María Consuelo, incapaz parcial para regir a su persona, debiendo quedar en lo sucesivo DÑA. María Consuelo sujeta a la curatela de la FUNDACIÓN MALALTS MENTALS DE CATALUNYA que queda circunscrita a la supervisión y cuidado en la esfera personal de DÑA. María Consuelo del tratamiento médico de esquizofrenia paranoide, incluido de forma expresa el tratamiento farmacológico prescrito para tal enfermedad.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada, y admitido el mismo, fueron elevadas las actuaciones a esta Audiencia, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales teniendo lugar la vista pública el día ocho de noviembre de 2005 con asistencia del Ministerio Fiscal.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el magistrado Ilmo. Sr. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO.
Se interpone recurso de apelación por la representación de la parte demandada, solicitando la revocación de la sentencia recurrida, dejando sin efecto declaración de incapacidad parcial.
Debemos señalar respecto la incapacidad que el art. 200 CC nos da un genérico y flexible concepto general diciendo que son causas de incapacitación las enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma, que siguiendo las directrices de la doctrina y la jurisprudencia se ha suprimido la...
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