SAP Alicante 218/2002, 15 de Abril de 2002

PonenteJOSE MARIA RIVES SEVA
ECLIES:APA:2002:1574
Número de Recurso324/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución218/2002
Fecha de Resolución15 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 6ª

SENTENCIA N° 218/02

Iltmos. Sres y Sra.

D. José Ceva Sebastiá

D. José Mª Rives Seva

Dña. Cristina Trascasa Blanco

En la Ciudad de Alicante, a quince de abril del año dos mil dos

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Alicante integrada por los Iltmos. Sres y Sra expresados al margen ha visto, en grado de apelación (Rollo de Sala n° 324-C/00) los autos de Juicio Declarativo de Menor Cuantía n° 38/99 en su día incoados ante el Juzgado de 1ª Instancia n° 6 de Alicante en virtud de recurso de apelación entablado por el demandante D. Santiago representado por el Procurador Sr./Sra.. Poyatos Martínez y asistido por el Letrado Sr./Sra. Ruiz Pesa, quien ha intervenido en esta alzada en su condición de recurrente, y como apelado BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. representado por el Procurador Sr./Sra. Ruiz Manero y asistido por el Letrado Sr./Sra. Sánchez Cantos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 6 de Alicante en los referidos autos tramitados con el n° 38/99 se dictó con fecha 17-03-00 sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la presente demanda sobre tercería de dominio, interpuesta por el Procurador D. José Poyatos Martínez en nombre y representación de D. Santiago frente a Argentaria, Caja Postal y Banco Hipotecario, S.A, representada por la Procuradora Sra. Francisca Caballero Caballero, y frente a Dª Francisca en situación de rebeldía, debo declarar y declaro no haber lugar a la misma, absolviendo a la parte demandada de la pretensión en su contra formulada y con expresa imposición de costas a la parte demandante de tercería.- Esta sentencia puede ser apelada para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Alicante en el término de cinco días a contar de su notificación".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, en tiempo y forma, que fue admitido en ambos efectos; elevándose los autos, previo emplazamiento de las partes a este Tribunal, donde quedó formado el correspondiente rollo n°, 324- C/00 en el cual se personaron ambas partes; tramitándose el recurso en legal forma y, conferidos los oportunos traslados, se señaló para la celebración del Acto de la Vista el día 10-04-02, en que tuvo lugar con intervención de las partes comparecidas; solicitándose por la recurrente la revocación de la sentencia impugnada, y que se dictara otra de conformidad con sus intereses y por la parte apelada la integra confirmación de dicha resolución.TERCERO.- En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Mª Rives Seva

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

En procedimiento ejecutivo n° 316/93 del Juzgado de Primera Instancia n° Seis de la Ciudad de Alicante seguido a instancias de la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentario S.A., antes Banco Exterior de España S.A. en fecha 1 de junio de 1.998 se acordó la anotación preventiva de embargo sobre la finca n° NUM000 que lo es un piso vivienda en PASEO000 n° NUM001 , piso NUM002 y trastero n° NUM003 , como bien de la que era ejecutada en dicho procedimiento Doña Francisca , causando la anotación del embargo en 22 de julio de 1.998 en el Registro de la Propiedad de Madrid n° 14.

Por Don Santiago se interpuso demanda de tercería de dominio alegando que dicho bien inmueble era de su...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR