SAP Barcelona 159/2008, 27 de Febrero de 2008

PonenteMARIA DEL PILAR PEREZ DE RUEDA
ECLIES:APB:2008:2099
Número de Recurso15/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución159/2008
Fecha de Resolución27 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCION Tercera

ROLLO Nº 15/2008

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 386/2006

JUZGADO PENAL 2 SABADELL

S E N T E N C I A N ú m. 159/2008

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ GRAU GASSÓ

Dª. ROSER BACH I FABREGÓ

Dª. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA

En la ciudad de Barcelona, a veintisiete de febrero de dos mil ocho.

VISTO, en grado de apelación, ante la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, el presente rollo de apelación nº 15/2008, dimanante del Procedimiento abreviado núm. 386/2006, procedente del Juzgado Penal 2 Sabadell, seguido por un delito de apropiación indebida, contra D/Dª. Eusebio ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por el/la Procurador/a D/Dª. Teresa Prat Ventura en nombre y representación de D/Dª. Carlos Jesús contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de julio de 2007, por el/la Sr/a. Juez del expresado Juzgado, compareciendo como parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Eusebio como autor responsable penalmente de un delito de apropiación indebida del art. 252 del CP y de un delito de hurto de uso de vehículo a motor, declarando las costas de oficio.".

SEGUNDO

Admitido el recurso y de conformidad con lo establecido en el artículo 795.4º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, no siendo preceptivo el emplazamiento y comparecencia de las partes, se siguieron los trámites legales de esta alzada y quedaron los autos vistos para sentencia.

TERCERO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. Mª DEL PILAR PÉREZ DE RUEDA.

ÚNICO.- Se admite y reproduce la narración fáctica de la sentencia recaída.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se admiten los de la instancia.

SEGUNDO

Contra la sentencia que absuelve al acusado Eusebio de los delitos de apropiación indebida y hurto de uso de vehículo a motor, respectivamente previstos en los articulos 252 y 244.l del C. Penal, la acusación particular constituida por Carlos Jesús, através de su representación procesal, formula recurso de apelación bajo una exclusiva alegación: error en la apreciación de la prueba, señalando como infringido por inaplicación, el articulo 252 del CP solicitando se le condene por el delito de apropiación indebida conforme a su escrito de conclusiones elevadas a definitivas en el acto del juicio oral.

TERCERO

Ciertamente cuando mediante el recurso de apelación se impugna la valoración probatoria efectuada por el Juzgador de Instancia, siendo que el Tribunal ad quem puede valorar las pruebas practicadas en la primera instancia y examinar, ponderar y corregir, en su caso, la valoración efectuada por el Juez "a quo", hemos de tener presente la privilegiada posición en la que se encuentra éste, delante del cual se celebra la vista oral, que en virtud de la inmediación, puede percibir de manera directa las pruebas que se practiquen y apreciar de manera directa la mayor o menor credibilidad de las diversas declaraciones y manifestaciones que se realicen y puede formar en base a ellas su...

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