SAP Almería 99/2006, 6 de Abril de 2006
Ponente | JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO |
ECLI | ES:APAL:2006:170 |
Número de Recurso | 303/2005 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 99/2006 |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
ALMERÍA
SECCIÓN SEGUNDA
SENTENCIA Nº 99 / 2006
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. JUAN RUIZ RICO RUIZ MORÓN
MAGISTRADOS:
D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO
D. MANUEL ESPINOSA LABELLA
En Almería a seis de abril de dos mil seis.
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo Nº 303/05 el Procedimiento Abreviado nº 360/05 procedente del Juzgado de lo Penal nº 3 de Almería por delito de Daños, siendo apelante Gustavo. Parte apelada el Ministerio Fiscal; y Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ MARÍA CONTRERAS APARICIO.
Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal Nº 3 de Almería, en la referida causa se dictó Sentencia de fecha 22/9/05, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Apreciando en conciencia las pruebas practicadas en el acto del juicio se declaran probados los siguientes hechos que sobre las 21:00 horas del día 16 de enero de 2005, el acusado, Gustavo, mayor de edad, y sin antecedentes penales, en compañía de otra persona no identificada, y guiados por el ánimo de causar un perjuicio ajeno, prendieron fuego a un artificio pirotécnico denominado vulgarmente "Chispero" y con la llama que éste desprendía quemaron la puerta y fachada de granito de la vivienda, propiedad de Carlos José, sita en AVENIDA000 nº NUM000 de San Isidro-Níjar (Almería), produciéndole daños que han sido tasados pericialmente en la cantidad de 1371,31 euros."
Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo : "Que con expresa imposición de costas debo CONDENAR Y CONDENO a Gustavo como autor de un delito de daños a la pena de 6 meses de multa con cuota diaria de 3 euros. En concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar a Carlos José en la cantidad de 1371,31 euros por los desperfectos causados en su vivienda cantidad que se incrementará conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En caso de impago de la multa impuesta, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas."
El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las partes.
Por el Ministerio Fiscal se solicitó la confirmación de la resolución recurrida.
Se elevaron las actuaciones a este Tribunal señalándose el día 5 de abril de 2006 para votación y fallo y declarándose concluso para Sentencia.
No se aceptan los descritos en el correspondiente apartado de la sentencia recurrida, que con tal naturaleza...
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