SAP Murcia 143/2007, 11 de Octubre de 2007
Ponente | MARIA JOVER CARRION |
ECLI | ES:APMU:2007:2026 |
Número de Recurso | 103/2007 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 143/2007 |
Fecha de Resolución | 11 de Octubre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00143/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA
SECCIÓN 001
Domicilio:PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf :968-229183
Fax :968-229184
Modelo : 00120
N.I.G. : 30030 37 2 2007 0101456
ROLLO : APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000103 /2007
Juzgado procedencia :JDO. DE LO PENAL N. 5 de MURCIA
Procedimiento de origen :PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000079 /2007
RECURRENTE : MINISTERIO FISCAL
Procurador/a :
Letrado/a :
RECURRIDO/A : Javier
Procurador/a :JOSE AUGUSTO HERNANDEZ FOULQUIE
Letrado/a :
AUDIENCIA PROVINCIAL Rº núm. 103/07
SECCION PRIMERA J.O. núm. 79/07
MURCIA Penal n. Cinco Murcia.
S E N T E N C I A Nº 1 4 3 / 0 7
ILMOS. SRES.:
D. Andrés Pacheco Guevara
PRESIDENTE
Dña. María Jover Carrión
D. Fernando López del Amo González
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia a once de octubre de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Juicio Oral, que por un delito contra el medio ambiente, se ha seguido en el Juzgado de lo Penal nº. Cinco de Murcia, con el nº 79/07 del Juzgado de Instrucción nº Cinco de Murcia, contra Javier. Habiendo sido partes en esta alzada el Ministerio Fiscal que actúa como apelante, y Javier que lo hace como apelado, representado por el Procurador Sr. Hernández Foulquié y defendido por el Letrado Sr. Lorca Hidalgo; siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrado Doña María Jover Carrión, quien expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal dictó en las referidas diligencias sentencia con fecha 27 de abril de 2007 sentando como hechos probados lo siguiente: El día dos de abril de 2004, Agentes Forestales adscritos a la Dirección General del Medio Natural, perteneciente a la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de Murcia, se introdujeron en el coto privado de caza XE-........., conocido como " DIRECCION000 ", cuyo titular es el acusado, Javier, mayor de edad y sin antecedentes penales, el cual, en fechas anteriores, había colocado por si u ordenado colocar, 85 lazos-cable, sin sistema de freno o atrapado, dispuestos a lo largo del vallado del coto, con un tamaño pensado para impedir el paso y cazar depredadores tales como el zorro o perros asilvestrados, creciendo de permiso administrativo, del que si había dispuesto en los años anteriores, hasta marzo de 2003, si bien que para el empleo de lazos homologados (con freno), y colocó cajas trampa para zorros sin autorización administrativa, que si dispuso en años anteriores; así como había esparcido por todo el terreno de la finca que constituye el coto de casa, un producto raticida, en la misma forma en que se comercializa, esto es, como una masa compacta de color azul, que contiene "flocoumafen", que es un raticida de efecto anticoagulante de segunda generación, es decir, que consumido en cantidad adecuada, según el peso de cada animal, causa la muerte del mismo con una única dosis, aun cuando siga vivo el animal durante algunos días, por lo que generalmente muere en su madriguera o nido".
Estimando el juzgador recurrido que los referidos hechos probados eran constitutivos del delito, dictó el siguiente "FALLO: Que debo ABSOLVER Y ABSUELVO a Javier, del delito contra la fauna de que venía acusado, declarando de oficio las costas de esta instancia".
Contra tal sentencia en nombre y representación del Ministerio Fiscal, se dedujo en tiempo y forma recurso de apelación, fundamentándolo en síntesis en los motivos que se expresan y analizan en los fundamentos de esta resolución.
Admitido a trámite el recurso, se dio traslado a las demás partes personadas, solicitando el Javier la confirmación de la sentencia por sus propios fundamentos.
A continuación se...
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