SAP Madrid 52/2007, 26 de Enero de 2007

PonenteROSA ESPERANZA REBOLLO HIDALGO
ECLIES:APM:2007:862
Número de Recurso18/2007
Número de Resolución52/2007
Fecha de Resolución26 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

Rollo de Apelación nº 18/07 RP

Procedimiento Abreviado Nº 375/06

Juzgado de lo Penal nº 11 de Madrid

SENTENCIA Nº 52/06

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección 16ª

Ilmos Sres:

Dª. CARMEN LAMELA DÍAZ

D. FRANCISCO DAVID CUBERO FLORES

Dª ROSA E. REBOLLO HIDALGO

En Madrid a veintiséis de enero de 2007.

VISTO por la Sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid, el presente recurso de apelación nº 18/07 RP, contra la Sentencia de fecha 4/09/06 dictada por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 11 de Madrid en el Procedimiento Abreviado nº 375/06, interpuesto por la procurador Dª. María Isabel Torres Coello, en representación de María Esther, habiendo sido impugnado por el Ministerio Fiscal.

Ha sido Ponente la Magistrada Sra. ROSA E. REBOLLO HIDALGO quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Magistrado del Juzgado de lo Penal nº 11 de Madrid en el procedimiento que más arriba se indica, se dictó sentencia, de fecha 4/09/06 cuya parte dispositiva establece:

FALLO:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO a la acusada María Esther, con NIE NUM000 (f 20), como autora penalmente responsable de un delito contra la propiedad intelectual previsto en el art. 227.1 y 2 CP, sin concurrencia de circunsancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas de 12 meses de prisión, con la accesoria genérica (art. 56 CP ) de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y de 12 meses de multa con cuota diaria de 3 euros, con responsabilidad personal subsidiaria (art. 53 CP ) de 6 meses, con sustitución de la pena privativa de libertad por su expulsión del territorio español (art. 89 CP ), ello con cumplimiento de los requisitos normativamente establecidos y con aplicación en su caso de la DA 17ª L. O. 19/03 de reforma de la LOPJ.

En concepto de responsabilidad civil, María Esther indemnizará a AFYVE y a ADIVAN -previa acreditación en fase de ejecución de sentencia de la afiliación a AFYVE de los productores de los 5 CDs relacionados al f 52, lo que se informará por el Policía Municipal 0742.0 que efectuó el estudio, y de la afiliación a ADIVAN de los distribuidores e/o importadores de los 4 DVDs relacionados al f 52, lo que se informará por el referido perito, ello en por hasta en el tanto por ciento que como tales Asociaciones correspondería a AFYVE de un total de 75 euros y a ADIVAN de un total de 72 euros.

Lo anterior con condena en costas".

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes personadas, por la procuradora Dª. María Mercedes González García en representación de la condenada María Esther, se formalizó el recurso de apelación que autoriza el articulo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quien hizo las alegaciones que se contienen en sus escritos y que aquí se tienen por reproducidas.

De los escritos de formalización se dio traslado por el Magistrado de lo Penal al Ministerio Fiscal por el plazo de diez días comunes para que pudiese adherirse o impugnarlo, manifestando que impugnaba el mismo, solicitando su desestimación y la confirmación de la sentencia recurrida.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se formó el correspondiente rollo de apelación, y se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, acto que tuvo lugar el día señalado.

Se aceptan los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR