SAP Almería 74/2006, 16 de Marzo de 2006

PonenteTARSILA MARTINEZ RUIZ
ECLIES:APAL:2006:274
Número de Recurso56/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución74/2006
Fecha de Resolución16 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALMERÍA

SECCIÓN TERCERA

ROLLO APELACIÓN PENAL Nº 56/06

SENTENCIA NUMERO 74/06

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ

MAGISTRADOS:

D. JESÚS MARTÍNEZ ABAD

Dª. SOLEDAD JIMÉNEZ DE CISNEROS CID

En la Ciudad de Almería, a 16 de marzo de 2006.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, Rollo número 56/06, el Procedimiento Abreviado número 32/06, procedente del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, por delito de RESISTENCIA A AGENTES DE LA AUTORIDAD, siendo APELANTE Jose Ángel, representado por la Procuradora Dª. Pilar Carmen Ortega Garrido y defendido por la Letrado Dª. Estefanía Sánchez Villanueva.

Ha sido parte el MINISTERIO FISCAL.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª. TÁRSILA MARTÍNEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal nº 1 de Almería, en la referida causa se dictó sentencia de 19 de enero de 2006, cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "Que Jose Ángel, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre las 8 horas del 13 de enero de 2006, en la C/ Calzado de Castro de la localidad de Almería, procedió a forcejear fuertemente con el Agente nº NUM003 que se encontraba de servicio, cuando este intentaba que abandonarse el cajero en el que estaba durmiendo, circunstancia que conocía el acusado, sin llegar a causarle lesiones."

TERCERO

En el Fallo de dicha sentencia se establece: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Jose Ángel, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, como autor de un delito ya definido de resistencia a los Agentes de la Autoridad, a seis meses de prisión, Siéndole de abono para el cumplimiento de dicha condena todo el tiempo que ha estado privado de libertad por esta causa de no haberle servido para extinguir otras responsabilidades lo que se acreditara en ejecución de sentencia, procédase a la sustitución de la pena privativa de libertad por la expulsión del penado del territorio español, al que no podrá regresar en un plazo de 10 años."

CUARTO

Por la representación procesal de Jose Ángel se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, mediante escrito en el que se solicitó se dicte nueva sentencia en sentido absolutorio, por las razones expuestas en dicho escrito.

QUINTO

El recurso deducido fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a las otras partes personadas, interesando el Ministerio Fiscal la confirmación de la resolución recurrida.

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