AAP Madrid 304/2003, 15 de Septiembre de 2003

ECLIES:APM:2003:9848
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución304/2003
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 4ª

Procedimiento Abreviado nº 4522/1997

Juzgado de Instrucción nº 40 de Madrid

Rollo de Sala nº 84/1998

ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid ha pronunciado, en el nombre de S.M.

EL REY, la siguiente:

S E N T E N C I A Nº 304/2003

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Ilmos. Sres. de la Sección 4ª

Presidente

D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ

Magistrados

Dª. Mª PILAR DE PRADA BENGOA

D. PASCUAL FABIÁ MIR

En Madrid, a quince de septiembre de dos mil tres.

VISTA en juicio oral y público ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial la causa nº 4522/1997, rollo de Sala nº 84/1998, procedente del Juzgado de Instrucción nº 40 de Madrid seguida de oficio por un delito de robo con intimidación contra el acusado Ignacio , alias Federico , con nº ordinal de informática de la D.G.P. 504801472, con N.I.E. NUM000 , nacido el 21 de abril de 1969 en Marruecos, hijo de Silvio y Alejandra , sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, en prisión provisional por esta causa desde el 21 de julio de 2003, habiendo estado anteriormente privado de libertad por la misma desde del 8 al 16 de septiembre de 1997, el 1 de julio del 2000 y el 25 y 26 de diciembre de 2000; y otra persona ya enjuiciada; habiendo sido partes el Ministerio Fiscal, representado por la Ilma. Sra. Dª Cristina Elvira Elvira, y dicho acusado, representado por la Procuradora Dª. Milagros Pastor Fernández y defendido por el Letrado D. Juan José San Telesforo Navarro; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ALEJANDRO Mª BENITO LÓPEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, califico los hechos como constitutivos de un delito de robo con intimidación de los arts. 237 y 242.2 del Código Penal, reputando responsable del mismo en concepto de autor a Ignacio , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad, y solicitó la imposición de la pena de 4 años de prisión, accesorias legales, que indemnizase a Jose Pedro en 1.200 dólares U.S.A., y al pago de las costas procesales.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en igual trámite, interesó la libre absolución de su defendido.

  1. HECHOS PROBADOS

Sobre las 16,30 horas del día 1 de agosto de 1997, cuatro individuos, entre los que no consta que se encontrase el acusado Ignacio , mayor de edad y sin antecedentes penales, rodearon a Jose Pedro...

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