SAP Barcelona 647/2005, 11 de Julio de 2005

PonenteJORGE OBACH MARTINEZ
ECLIES:APB:2005:12671
Número de Recurso171/2005
Número de Resolución647/2005
Fecha de Resolución11 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

MIGUEL ANGEL GIMENO JUBEROPEDRO LUIS GARCIA MUÑOZJORGE OBACH MARTINEZ

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCION SEXTA

Iltmos Sres.Magistrados:

D.MIGUEL ANGEL GIMENO JUBERO

D.PEDRO LUIS GARCIA MUÑOZ

D.JORGE OBACH MARTINEZ

Rollo de Apelación:171/2005

PA. 95/2004

Juzgado de lo Penal nº 16 de Barcelona

S E N T E N C I A

En Barcelona a once de julio de dos mil cinco

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial, constituida por los Ilmos. Señores que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Procedimiento Abreviado 95/2004, procedentes del Juzgado de lo Penal número 16 de Barcelona, Rollo núm. 171/2005, seguidas por delito de ROBO CON FUERZA, contra Jesús Luis; y que penden en esta instancia en virtud del recurso de apelación interpuesto por Jesús Luis representado por la Procuradora de los Tribunales Dña.Susana Perez de Oleguer y defendido por la Letrado D.Gemma Arjona, contra la sentencia dictada en fecha 28 de abril de 2005 , habiendo comparecido el Ministerio Fiscal como parte acusadora, y siendo designado Ponente el Magistrado Sr. JORGE OBACH MARTINEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En los citados autos recayó sentencia con fecha 28 de abril de 2005 cuyos hechos probados y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: " HECHOS PROBADOS : UNICO.- Ha resultado probado que el acusado Jesús Luis, mayor de edad y sin antecedentes penales, el día 9 de octubre de dos mil uno en hora indeterminada, acudió acompañado de un amigo común al domicilio de Augusto sito en a CALLE000NUM000, URBANIZACIÓN000 de la localidad de Piera apoderándose de la tarjeta visa NUM001 de la Caixa de Catalunya , cuyo titular era el Sr. Augusto, aprovechando una distracción de éste, y tras orientar la conversación con el Sr. Augusto sobre la elección del número secreto de una tarjeta de crédito y consiguiendo así conocer el empleado por el perjudicado, con intención de obtener un beneficio económico a costa del patrimonio ajeno, se dirigió el día 10 de octubre a la agencia de la citada entidad de la localidad de Piera y, haciendo uso de la citada tarjeta, extrajo la cantidad de 24.000 pesetas (144,24 euros) de la cuenta de Augusto que no han sido recuperados.El perjudicado reclama la indemnización que pudiera corresponderle. Al tiempo de los hechos el acusado presentaba dependencia a opiáceos y trastorno por angustia con agorafobia lo que mermaba levemente su capacidad volitiva.- FALLO : QUE DEBO CONDENAR y CONDENO a Jesús Luis como autor responsable de un delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS, previsto y penado en los artículos 237,238.4 y 240 del Código Penal , con la concurrencia de la atenuante de drogadicción a la pena de UN AÑO DE PRISIÓN CON LA ACCESORIA DE INHABILITACIÓN ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, a indemnizar a Augusto en la cantidad de ciento cuarenta y cuatro euros con veinticinco céntimos (144,24 euros) más intereses legales y al pago de las costas del juicio"

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso recurso de apelación la representación procesal del acusado Jesús Luis, alegando como motivos los que tuvo por conveniente; y, admitido en ambos efectos se dio traslado, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Audiencia, quedando pendientes para deliberación y fallo

Se aceptan los de la sentencia de instancia, ya reproducidos

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La representación del condenado interpone recurso de apelación contra la sentencia de instancia alegando como primer motivo error en...

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